MADRID/SEVILLA 29 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha resuelto la duda del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía y ha fijado que la magistrada Encarnación Gómez Caselles, actualmente en excedencia, debe participar en la redacción de las nuevas sentencias requeridas por el Tribunal Constitucional (TC) a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, con relación al "procedimiento específico" de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares y las ayudas arbitrarias.
La Comisión Permanente da así respuesta a la consulta urgente que le fue remitida por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía respecto a la conformación del tribunal que deberá dictar las nuevas sentencias en el conocido como "caso ERE", para dar cumplimiento a una decisión del Tribunal Constitucional.
Se trata de las nuevas sentencias derivadas de la decisión del TC de estimar parcialmente los recursos de amparo de los expresidentes socialistas de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, entre otros acusados, anulando las condenas que les impuso la Audiencia y avaló el Tribunal Supremo y ordenando a dicha instancia provincial la emisión de nuevas resoluciones que incorporen el criterio insertado por el Constitucional al asunto.
EXCEDENCIA VOLUNTARIA
En concreto, la Sala de Gobierno había preguntado sobre la posibilidad de que la magistrada Encarnación Gómez, actualmente destinada en la Audiencia Provincial de Alicante y en la situación administrativa de excedencia voluntaria por cuidado de un familiar, se incorporase a la Sala para el dictado de la nueva resolución.
Los vocales de la Comisión Permanente, teniendo en cuenta que el objeto de la consulta es de naturaleza jurisdiccional y que la LOPJ prohíbe al CGPJ dictar instrucciones sobre la aplicación e interpretación del ordenamiento jurídico, responden a la Sala de Gobierno informando de que "subsiste para la magistrada la obligación de concurrir a formar Sala para el dictado de la nueva sentencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 194.2.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil".
EL CASO DE GÓMEZ CASELLES
Gómez Caselles "se encuentra en situación de excedencia voluntaria en la carrera judicial" para el cuidado de un familiar desde el pasado 22 de julio; es decir, tres semanas después de que la Sala de Gobierno del TSJA le designara como una de las magistradas que deberá redactar las nuevas sentencias sobre el "procedimiento específico" de financiación de los ERE irregulares y las ayudas arbitrarias.
Por eso, la Sala de Gobierno del TSJ andaluz consultó al CGPJ para que aclarase "si esta circunstancia no excluye la habilitación y autorización ya concedida para integrar el tribunal o, por el contrario, es aplicable a dicha magistrada la excepción establecida" en la Ley de Enjuiciamiento Civil referentes a los jueces y magistrados a quienes corresponde fallar los asuntos.
El presidente del TSJ de Andalucía, Lorenzo del Río, explicó el pasado 8 de octubre que "la regla general" es que ante un caso judicial de esta naturaleza, "las sentencias las pongan los mismos" magistrados intervinientes en el procedimiento original y de dicha norma "se exceptúa solamente a los que han perdido la condición de juez o los que pasan a la legislación de excedencia pero para ocupar cargos políticos", lo que "no es el caso de la magistrada" Gómez Caselles.