¿En qué colegio y mesa tengo que votar en las elecciones andaluzas 2018?

Elecciones municipales y autonómicas, comicios, votar, voto, papeletas, urnas
EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: viernes, 30 noviembre 2018 16:29

   SEVILLA, 30 Nov. (EDIZIONES) -

   Si es la primera vez que votas, te has mudado recientemente o simplemente no recuerdas dónde fuiste a votar en las últimas elecciones, es posible que te preguntes a qué colegio electoral tienes que acudir para depositar tu voto en las próximas elecciones andaluzas del 2 de diciembre y qué mesa te corresponde.

   Todos los electores reciben en su domicilio una tarjeta censal con los datos actualizados de su inscripción en el censo electoral y de la Sección y Mesa en la que a cada uno le corresponde votar.

   Esta tarjeta es remitida por la Oficina del Censo Electoral, que también tiene el deber de comunicar las posibles modificaciones de secciones, locales o mesas a los electores resultaran afectados por éstas, tal como lo estipula el artículo 39.7 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

   Si no has recibido todavía esta comunicación y quieres asegurarte de dónde tienes que votar, puedes consultar por Internet el colegio en el que te toca votar y la mesa a la que tendrás que acudir para depositar tu voto.

   La web para realizar esta consulta es en este buscador del Instituto Nacional de Estadística (INE). En este buscador tendrás que introducir dirección y código postal de tu domicilio, así como la primera letra de tu apellido.

   También puedes consultar en qué local y mesa te toca votar a través de la lista de tu ayuntamiento, consulado, Delegación Provincial de la Oficina del Censo o en el teléfono gratuito 901 101 900 (Oficina del Censo). Los ayuntamientos y consulados actúan como colaboradores de la Oficina del Censo Electoral en las tareas censales.

CÓMO IDENTIFICARSE ANTE LA MESA

   El elector puede identificarse ante la mesa electoral mediante los siguientes documentos:

   - Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) No sirve el resguardo del D.N.I. en trámite, puesto que en él no aparece la fotografía del elector.

   - Pasaporte (con fotografía).

   - Permiso (carné) de conducir (con fotografía).

   - Tarjeta de residencia, en el caso de ciudadanos de la Unión Europea que la posean.

   - Tarjeta de identidad de extranjero, en el caso de nacionales de países con los que España haya suscrito un trato de reciprocidad para el reconocimiento del derecho de sufragio en las elecciones municipales.

   No importa que estos documentos estén caducados, pero deben ser los originales, no valen fotocopias.