JAÉN 18 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha condenado a un año de prisión a los tres empresarios --uno de ellos como autor y los otros dos como cooperadores necesarios-- por quedarse con una subvención de 500.000 euros destinada a la construcción de coches de lujo en Alcalá la Real (Jaén), proyecto que nunca llegó a ver la luz.
Además, la sentencia, a la que ha accedido Europa Press, les condena a cada uno de ellos a pagar una multa de 500.000 euros y como accesoria les impone también la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un periodo de tres años.
En concepto de responsabilidad civil, la sentencia establece que deberán indemnizar de forma directa y solidaria a la Hacienda Pública (AEAT) en 500.000 euros, al tiempo que se declara la responsabilidad civil subsidiaria de las mercantiles de dos de los acusados en lo que respecta al dinero que percibieron procedente de la subvención y que asciende entre los dos a 486.750 euros. Asimismo, el tribunal les absuelve del delito de alzamiento de bienes por el que también venían acusados.
Los dos empresarios, padre e hijo, condenados por fraude de subvenciones públicas tras apropiarse, de una ayuda pública de medio millón de euros a una empresa de Alcalá la Real se defendieron durante el juicio celebrado el pasado 4 de diciembre argumentando que el proyecto de fabricación de coches de lujo no salió adelante porque el socio inversor no cumplió con su parte.
Por su parte, el tercer condenado reconoció durante el juicio los hechos de los que le venía acusando el Ministerio Fiscal y por los que reclamaba inicialmente tres años de prisión para cada uno de los acusados.
El principal acusado J.I.H.S. declaró que pidió la ayuda porque contaba con un socio inversor que se comprometió a facilitar los terrenos en Alcalá la Real y a invertir cuatro millones de euros en el proyecto.
Sin embargo, según su versión, el socio inversor no cumplió con su parte y finalmente se optó por vender la empresa a la firma de la que es responsable el tercer acusado.
Explicó que pagó 336.525 euros a la empresa de su padre porque había sido la encargada de realizar y desarrollar el prototipo del vehículo de lujo que se iba a fabricar en Alcalá la Real y que nunca salió adelante. "La idea era poder fabricar entre 300 y 500 vehículos al año", aunque el único dinero se contó realmente fue la ayuda en forma de préstamo que le dio el Ministerio y que, entre otras condiciones, estaba la creación de 18 puestos de trabajo.
Por su parte, el padre señaló que la empresa de su hijo "nunca estuvo en funcionamiento" porque al final no contó con los recursos del socio inversor. En relación al socio inversor ha señalado que "todo se fue al garete porque no era un tío responsable y no dio la cara".
Añadió que su empresa, ubicada en Granada y dedicada a la fabricación de coches de lujo, sí que realizó el proyecto del prototipo y por eso cobró los más de 336.000 euros. "Hemos hecho un proyecto que vale tres veces más de lo que hemos cobrado", ha indicado J.H.G.
La ayuda concedida en forma de préstamo no se destinó al fin para el que había sido solicitada y que era la puesta en marcha de una fábrica de coches de lujo. Según considera la sentencia como hechos probados, el principal acusado "no tuvo intención alguna de destinar el dinero prestado al fin autorizado".
Los hechos en cuestión, se remontan al 30 de junio de 2011 cuando el acusado J.I.H.S., como administrador único de la mercantil Automóviles Singulares S.L., obtuvo del Ministerio de Industria, Energía y Turismo la cantidad de 500.000 euros. Dicha cantidad obedecía a "una ayuda concedida en un plan de reindustrialización consistente en un préstamo sin interés a devolver en diez años.
El dinero estaba destinado a llevar a cabo el proyecto de industrialización de procesos productivos de vehículos singulares, o lo que es lo mismo, la fabricación de vehículos de lujo.
Como toda ayuda pública, el dinero estaba condicionado al cumplimiento de los objetivos fijados por la propia administración y de los que, era conocedor J.I.H.S.
El 7 de junio de 2012, al advertir la Administración de que el dinero no se estaba destinando a la finalidad autorizada, se requiere a J.I.J.S. para que justifique el uso del dinero. Finalmente, en mayo de 2013, el Ministerio ordena la devolución al Tesoro Público de la cantidad prestada más 45.479 euros en concepto de intereses al incumplirse por el acusado las condiciones de la financiación.
Pese a los esfuerzos de la Administración en lograr la devolución de las cantidades indicadas, ha resultado imposible. No obstante el tribunal no considera acreditado que los acusados "se alzaran con sus bienes en perjuicio de sus acreedores", de ahí que se les absuelva del delito de alzamiento de bienes.