SEVILLA 29 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres (CAPM) considera el 'pin parental' como "una amenaza de la ultraderecha a los sectores más vulnerables de la sociedad, en esta ocasión a los niños y niñas en edad escolar obligatoria de los centros escolares de Andalucía a la educación en igualdad", toda vez que apela a que desde Andalucía "se lleven a cabo cuantas actuaciones administrativas y judiciales sean dadas en derecho, a fin de que no se lleve a cabo la implantación" del mismo.
En un documento que recoge su posicionamiento, el CAPM recuerda que diversos organismos internacionales como la Unesco, Onusida o Unicef han venido publicando en los últimos años estudios que "advierten de la importancia de educar a la ciudadanía en educación sexual". Sin embargo, señala que en estos últimos tiempos "han surgido diferentes iniciativas y normativas en materia de educación, con sesgo dogmático y provenientes de la ultraderecha, con afán de impregnar esta ideología también en las aulas".
"Como ejemplo, las instrucciones de comienzo de curso 2019-2020 de la Región de Murcia, donde PP, Cs y VOX cerraron el año pasado un acuerdo para la aprobación de los presupuestos que incluía, entre otras medidas, el polémico 'pin parental', una medida que Vox lleva en su programa electoral". Además, apunta que la nueva consejera de Educación y Cultura del Gobierno de Murcia "ya ha manifestado que el próximo curso ya habrá 'pin parental'".
Asimismo, el CAPM indica que "en estos días el Gobierno de Andalucía, presionado una vez más por Vox, ha puesto sobre la mesa este modelo como medida a aplicar en las aulas andaluzas, y está provocando debate y controversia no solo en la comunidad educativa, también en la sociedad en general a la que afecta de lleno".
"Desde el CAPM apelamos a las leyes en vigor, de forma concreta, y también al sentido común sobre este tema, porque la imposición de este 'pin parental' no deja de ser otra amenaza, una censura o veto de la ultraderecha a los sectores más vulnerables de la sociedad, en esta ocasión a los niños y niñas en edad escolar obligatoria de los centros escolares de Andalucía a la educación en igualdad", lamentan.
Del mismo modo, desde el consejero muestran su "seguridad" de que
las actividades programadas por los centros "sirven para hacer efectivo el derecho a la educación, regulado en la Constitución y desarrollado en las normas educativas correspondientes, tanto estatales como autonómicas, Leyes dialogadas con los diversos sectores sociales implicados , profesionales, expertos y consensuadas finalmente".
"Este 'pin parental' es una censura, un veto que vulnera los derechos de los alumnos y alumnas a recibir una educación integral, para el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales", manifiestan desde el CAPM, y añaden que "este veto colisiona con el derecho constitucional fundamental a la educación, además de contravenir diversos tratados internacionales ratificados por España (Convención sobre los Derechos del Niño y de la Niña, Declaración Universal de los Derechos Humanos), así como el Memorándum de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia, la normativa educativa, la legislación sobre la violencia y la normativa específica en materia Lgtbi".
Igualmente, recuerda que la normativa educativa prescribe que son los docentes, en el marco de la autonomía pedagógica de los centros educativos, quienes tienen la competencia para diseñar las actividades complementarias que consideren convenientes y dar así cumplimiento a lo establecido en los currículos correspondientes.
"Con la posibilidad de que los padres y madres veten la asistencia del alumnado a actividades obligatorias o asignaturas y contenidos curriculares (bien establecidos por la normativa básica estatal, o bien establecidos por la normativa autonómica de desarrollo), en realidad se estaría pretendiendo ejercer una 'objeción de conciencia' encubierta, y en este sentido, el Tribunal Constitucional (por ejemplo, en la STC 161/1987) ha señalado que el derecho a la objeción de conciencia solo existe en nuestro ordenamiento en los casos expresamente contemplados por la Constitución y las leyes", afirma.
Por otro lado, afirma que si el 'pin parental' se refiere a actividades extraescolares o escolares voluntarias, carece de sentido, porque "el carácter voluntario de esas actividades implica que están sometidas a la autorización de los padres y madres para su realización por sus hijos e hijas, que requiere un acto de inscripción en las mismas". "Obviamente no hay problemas con actividades extraescolares y voluntarias, a las que solo asisten quienes las eligen", precisa.
En consecuencia, desde el CAPM "solicitamos y apelamos para que desde Andalucía se lleve a cabo cuantas actuaciones administrativas y judiciales sean dadas en Derecho, a fin de que no se lleve a cabo la implantación del 'pin parental', toda vez que se pretende con su implantación socavar el derecho a la educación y censurar la actuación de los centros docentes y su profesorado".
ESPERA QUE "SE VUELVA A DAR VOZ" A LAS FAMILIAS EN LOS CONSEJOS
Desde el CAPM "apoyamos que se lleven a cabo cualquier tipo de medida en cualquier nivel educativo en cumplimiento de la legislación vigente en materia de igualdad, y lucha contra la violencia machista y con el estricto cumplimiento de los planes de igualdad".
Por último, el consejo espera que una vez puesta en marcha la Ley Organica 3/2020, de 29 de diciembre por la que se modifica la LO 2/2006, de 3 de mayo (Lomloe), "se vuelva a dar voz y voto" a las familias dentro de los consejos escolares de los centros educativos a "fin de que puedan decidir sobre las actividades complementarias de sus hijos e hijas, porque es necesario que nuestros niños y niñas se eduquen en igualdad, y contra las violencias".