CÓRDOBA 3 May. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Barcelona ha declarado nulo el diseño de una joya con figura de corazón de la marca Tous, al tiempo que considera sobre el diseño de una margarita que se fabrique el que está registrado y no otro, todo ello tras una demanda interpuesta por la Asociación Provincial de Joyeros, Plateros y Relojeros de Córdoba San Eloy.
Los datos de la sentencia los han facilitado este miércoles en una rueda de prensa la presidenta de la citada asociación, Milagrosa Gómez, y la abogada Magdalena Entrenas, de Sanivo Abogados, quien ha detallado que la demanda es de noviembre de 2015 y la sentencia es del 19 de abril de este año, aunque aún no es firme, con la previsión de que la citada firma de joyería recurra la misma.
En concreto, el juez estima parcialmente la demanda de la asociación y en el caso del corazón declara la nulidad "por falta de novedad", de manera que pide a la Oficina Española de Patentes y Marcas que cancele su inscripción, que realizó en el año 1995, y que se publique en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial.
Mientras, desestima la petición de nulidad sobre la margarita, porque establece que "sí existe novedad" en el diseño, según ha señalado la letrada, dado que tiene "una serie de características", si bien "el diseño que realizan no tiene nada que ver con el registrado", motivo por el que la sentencia describe la figura y apunta que dicho diseño es "el que se tiene que realizar y no hacer otra y pretender que se proteja", según ha expuesto la abogada.
Según ha explicado la letrada, "en Córdoba se fabrica mucho una margarita plana, con alguna perla o circonita en el centro", y en el caso de Tous, dicha margarita también es "plana" y "no como la que tienen registrada", que "es muy singular, con unas características determinadas" y con configuración "abombada". Entrenas ha dicho que "es la primera vez que se demanda a Tous para solicitar la nulidad de diseños".
A juicio de la abogada, "tener registrado un corazón y una margarita debería ser patrimonio de todo el mundo, no solo de la joyería cordobesa, ni tampoco de Tous", al tiempo que ha destacado que dichos diseños se realizan en Córdoba desde hace décadas, aunque sin estar registrados. La empresa de joyería registró la margarita sobre el año 2000.
"OBRABAN INDEBIDAMENTE"
Por su parte, la presidenta de la entidad ha destacado que el juez en este caso ha determinado que "quien obraba indebidamente era la empresa Tous" y considera que esta sentencia es "una herramienta" para "defender los intereses de los joyeros de Córdoba".
Asimismo, Milagrosa Gómez ha valorado que se legitimó a la asociación para presentar este tipo de demanda al ser la entidad "lo suficientemente representativa como para llevar a cabo este tipo de solicitud" contra la citada firma, después de que "había acusado de apropiación indebida de modelos".