SEVILLA 30 Ago. (EUROPA PRESS) -
Este lunes, 30 de agosto, entra en vigor la nueva Ley de la Infancia en Andalucía (Ley 4/2021, de 27 de julio), en cuya Disposición adicional décima se recoge que "El Defensor del Menor de Andalucía, creado por la Ley 1/1998, de 20 de abril, pasa a denominarse Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía".
Asimismo, la nueva ley otorga una ampliación de las competencias de la Defensoría de la Infancia como instrumento para la protección y defensa de los derechos de los menores.
El Defensor indica en un comunicado que tras dos décadas desde la creación del Defensor del Menor en Andalucía, el cambio de nombre "es una reivindicación" de la institución andaluza en la "consolidación de su papel" como garante de los derechos de la infancia y adolescencia que contempla el Estatuto de Autonomía y las directrices del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, además de responder a la demanda de la sociedad andaluza por dar una mayor trascendencia al desarrollo y protección de los derechos de las personas menores de edad.
El Defensor de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, Jesús Maeztu, ha valorado muy positivamente esta nueva ley que garantiza "una protección integral a los niño y niñas y adolescentes en nuestra Comunidad, atendiendo sus necesidades, regulando sus derechos y deberes y reconociendo un destacado protagonismo a las familias como eje primordial y principal para el desarrollo del menor", entre otros aspectos.
Como ya ha manifestado en el Parlamento andaluz con motivo de su tramitación y debate, "se trata de una ley necesaria que actualiza y modifica la regulación hasta ahora vigente en relación con las nuevas demandas y circunstancias sociales que están incidiendo en este colectivo especialmente vulnerable de nuestra sociedad". Para Maeztu, "la evolución que la figura del niño y de la niña ha tenido en los últimos años demandaba articular una legislación acorde con esta nueva dimensión social".
La Defensoría ha destacado que esta nueva norma nace "con una clara vocación" de otorgar mayor protagonismo al principio del interés superior del menor en su triple dimensión como derecho sustantivo, principio general y norma de procedimiento e incorpora innovaciones "significativas" para su protección integral como el valor social de la infancia, la promoción del bienestar, el buen trato a la infancia, los valores de respeto, convivencia y no violencia, el impulso de la alfabetización digital, o la novedosa regulación de las situaciones de riesgo.