El Defensor pide garantizar en Jaén el derecho al aborto en igualdad y compensar gastos a las mujeres que deben ir fuera

Archivo - Reparto de la guía informativa sobre el derecho al aborto el pasado septiembre.
Archivo - Reparto de la guía informativa sobre el derecho al aborto el pasado septiembre. - FEMINISTAS 8M - Archivo
Publicado: domingo, 3 noviembre 2024 10:03

JAÉN 3 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Pueblo Andaluz ha instado a la Junta a adoptar medidas para garantizar el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en la provincia de Jaén en "equidad e igualdad" y "en coherencia con la garantía de accesibilidad" fijada por ley.

Además, pide "prever normativamente la compensación de los gastos por desplazamiento, alojamiento y manutención a las embarazadas que tengan que desplazarse fuera" mientras "no sea posible la prestación en condiciones de igualdad" con respecto a las demás provincias andaluzas.

Son las dos recomendaciones que el Defensor establece en su resolución ante la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud (SAS) publicada recientemente y consultada por Europa Press. Es el resultado de la tramitación del expediente fruto de la queja formulada en noviembre de 2021 por el Movimiento Feminista de Jaén.

El colectivo explicaba que, al contrario que en el resto de Andalucía, en Jaén no se ofertaba la prestación de la IVE ni en los centros sanitarios de la red pública ni mediante concierto a través de entidad privada.

Por ello, las mujeres residentes en la provincia deben acudir a clínicas privadas fuera de dicho territorio y sufragar los costes del desplazamiento y, en su caso, pernocta por sus propios medios económicos, además de adelantar el coste de la intervención médica, para posteriormente solicitar el reintegro por la vía establecida.

En marzo de 2022, el Defensor del Pueblo recibió respuesta de la Delegación Territorial de Salud y Consumo en Jaén. Entre otras cuestiones, se aludía a un informe de la asesoría jurídica del SAS en la provincia que concluía que la prestación estaba "garantizada, aunque en Jaén no se presta la IVE en los centros integrados en su red asistencial provincial, ni en centros privados vinculados al SAS por ningún instrumento jurídico, al no existir este tipo de centros", debido a la falta de acreditación "por no cumplir los requisitos mínimos" que contempla la normativa.

En segundo lugar, se pronunciaba de manera "negativa" a si procede el reintegro, por parte del Servicio Andaluz de Salud, de los gastos en que incurren las demandantes de aborto residentes en la provincia de Jaén por el desplazamiento a otra provincia para acceder a la prestación. La citada asesoría defendía que "el SAS cumple con garantizar los gastos sanitarios derivados de la atención al proceso asistencial de la IVE".

Posteriormente, ya en noviembre de 2023, el Hospital Universitario de Jaén incorporó a su cartera de servicios la interrupción voluntaria del embarazo. Sin embargo, como ha venido denunciando públicamente el citado colectivo y se recoge en la resolución, los que se practican son "solo por prescripción médica", de forma que las mujeres de Jaén deben seguir desplazándose a otras provincias en el caso de aborto por decisión propia, dentro de las primeras 14 semanas de gestación que estipula la legislación.

Con estos antecedentes, y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde que se inició la queja "sin que según parezca se hayan adoptado medidas que permitan garantizar el derecho a la IVE conforme a lo dispuesto en la ley orgánica 2/2010, dentro de la provincia de Jaén", el Defensor del Pueblo realiza varias consideraciones sobre la base de diversos pronunciamientos del Tribunal Constitucional.

Uno de ellos analizaba el caso de una mujer que tuvo que desplazarse desde la Región de Murcia a un centro privado en la Comunidad de Madrid para la interrupción de su embarazo. El TC concluyó que esta derivación "sin haber aducido ningún motivo excepcional" que la justificara "ha vulnerado el derecho de la recurrente a la interrupción del embarazo que forma parte de su derecho fundamental a la integridad física y moral".

DIFICULTADES ADICIONALES

Para el Defensor, aunque el supuesto "no es el mismo que aquí se plantea", puesto que se trata de un desplazamiento dentro de la misma comunidad, "el obligatorio traslado a otras provincias" desde Jaén "puede conllevar, además de los lógicos inconvenientes, dificultades adicionales para mujeres de escasos recursos económicos o en una situación de vulnerabilidad física y emocional, que afectan a su propio derecho a la práctica de la IVE en condiciones de igualdad" al resto de Andalucía.

"En este orden de cosas, la elaboración de la Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva de Andalucía, que entendemos que podría contemplar medidas estables en el aspecto que nos ocupa, sigue pendiente desde hace varios años", añade.

Así las cosas, formula una resolución con dos recomendaciones, comenzando por la de "adoptar medidas para garantizar el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en la provincia de Jaén, conforme a los principios de equidad e igualdad, y en coherencia con la garantía de accesibilidad recogida en el artículo 23 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud y en la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo".

Además, "mientras que no sea posible la prestación en Jaén de la IVE en condiciones de igualdad con el ejercicio del derecho en las restantes provincias andaluzas", plantea "prever normativamente la compensación de los gastos por desplazamiento, alojamiento y manutención a las embarazadas que tengan que desplazarse fuera de la provincia".

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