Educación indica que si las familias hab pagado el mes de marzo completo "deberán reintegrarles la cantidad pagada de más"
SEVILLA, 30 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Educación y Deporte ha aclarado que las familias "no tendrán que abonar los pagos" en las escuelas infantiles y en los centros privados de educación infantil adheridos al Programa de Ayuda, así como por los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares desarrollados en los centros docentes públicos durante el cierre de los centros por el estado de alarma decretado por la crisis del Covid-19.
Así, en un comunicado, el departamento que dirige Javier Imbroda señala que las familias "no tendrán que abonar los pagos" correspondientes a estos conceptos mientras dure el cese de la actividad por el cierre de los centros decretado por el estado de alarma, y en consecuencia las empresas "no solicitarán a las familias los pagos mensuales que éstas venían realizando".
Del mismo modo, destaca que todo el alumnado escolarizado en las escuelas infantiles de titularidad de la Junta de Andalucía y en los centros de educación infantil adheridos al Programa de Ayuda "mantendrá su plaza escolar hasta la finalización del curso 2019/20, en las mismas condiciones que venía haciéndolo hasta la implantación del estado de alarma como consecuencia de la pandemia provocada por el Covid-19".
Además, apunta que todo el alumnado usuario de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos "podrá continuar disfrutando de los mismos" hasta la finalización del curso 2019/20, en las mismas condiciones que venía haciéndolo hasta la implantación del estado de alarma, una vez que se produzca la reapertura de los centros docentes y se autorice la vuelta a la actividad lectiva presencial.
Por último, indica que en el caso de que las familias hayan pagado el mes de marzo completo, las escuelas y centros de educación infantil y las empresas adjudicatarias "deberán reintegrarles la cantidad pagada de más, lo que se realizará, preferentemente, compensando esta cantidad en el siguiente recibo que se emita una vez se vuelva a prestar el servicio, sin perjuicio del derecho de las familias a solicitar la devolución si lo consideran conveniente".
"En el caso de que la empresa no hubiese facturado aún el mes de marzo, procederá a emitir los recibos por la parte proporcional del mes en la que efectivamente se prestó el servicio", concluyen desde la Consejería de Educación.