GRANADA 28 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia de Granada ha fijado para primavera del año que viene el juicio contra la exconsejera delegada de Cetursa, la socialista María José López, por presuntas irregularidades en la percepción de cantidades indebidas en nóminas a cargo de fondos públicos durante su etapa de gestión en la empresa pública que gestiona la estación de esquí de Sierra Nevada.
El juicio se va a celebrar en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial los días 31 de marzo y 1, 2, 3 y 4 de abril de 2025, según han confirmado a Europa Press fuentes judiciales y junto a la exdirectora de Cetursa se sentará en el banquillo de los acusados el que fuera director de finanzas. Ambos se enfrentan a peticiones de prisión.
La Fiscalía les acusa provisionalmente de un delito continuado de prevaricación administrativa, por el que solicita que sean condenados a nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y de otros dos delitos de falsedad de documento público cometida por funcionario por el que pide una pena de más de siete años de cárcel y multa, según han detallado a Europa Press fuentes cercanas al caso.
María José López declaró ante el juzgado por este asunto a finales de febrero de 2020. En declaraciones a los medios a las puertas de los juzgados defendió su gestión, negando que en Cetursa se hubieran cobrado cantidades de manera irregular, e hizo hincapié en que las cuentas de la entidad están auditadas externamente, además de por la Intervención.
CONDENA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
En paralelo a este proceso se ha seguido otro en el Tribunal de Cuentas, que condenó en mayo del año pasado a María José López a abonar más de 58.512 euros a la Junta de Andalucía por el menoscabo de fondos públicos en Cetursa debido a pagos "indebidos o carentes de justificación" realizados a determinados trabajadores en 2015.
El Tribunal de Cuentas estimó así parcialmente las demandas presentadas por la Junta de Andalucía y la Fiscalía por este asunto y concluyó que María José López "incurrió, como mínimo, en negligencia grave en la gestión de los fondos públicos que tenían encomendada" pues, "por acción u omisión", permitió los pagos.