Se opone también a que los acusados declaren en último lugar y a la prescripción alegada por Viera respecto a su presunta prevaricación
SEVILLA, 15 Ene. (EUROPA PRESS) -
En el juicio que celebra la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla contra los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán y otros 20 ex altos cargos autonómicos por el procedimiento específico por el que se concedían las ayudas de los expedientes de regulación de empleo (ERE) presuntamente fraudulentos, la Fiscalía ha apoyado las cuestiones previas de las defensas para excluir del objeto de enjuiciamiento el presunto delito de asociación ilícita esgrimido por el PP-A, pero ha rechazado la petición de anular las actuaciones instructoras del juez de refuerzo Álvaro Martín y la pretensión de que los acusados declaren después de los peritos y testigos.
La vista oral que celebra la Sección Primera de la Audiencia Provincial ha estado centrada este lunes en las réplicas a las cuestiones previas planteadas por cada una de las partes. En ese contexto, el representante de la Fiscalía se ha pronunciado respecto la cuestión previa promovida por la mayoría de los abogados defensores, para sea excluido del objeto de enjuiciamiento el presunto delito de asociación ilícita incluido por el PP andaluz en su escrito de acusación.
Las defensas, en ese sentido, avisan de que el PP andaluz incluyó "sorpresivamente" dicho delito en su escrito de acusación, generando una indefensión para los acusados, toda vez que la Fiscalía ha respaldado esta cuestión previa, sosteniendo que no concurren "los requisitos que se exigen en esta tipificación". Así las cosas, la Fiscalía ha pedido también que el supuesto delito de asociación ilícita sea excluido del juicio.
La Fiscalía, de otro lado, se ha opuesto a la cuestión previa planteada por José María Mohedano, abogado defensor de José Antonio Griñán y del ex director general de Presupuestos Antonio Vicente Lozano, en demanda de la nulidad de las actuaciones de instrucción del juez de refuerzo Álvaro Martín, al considerar vulnerado el derecho al juez predeterminado por la ley o "juez natural" que consagra el artículo 24.2 de la Constitución Española.
EL PAPEL DE ÁLVARO MARTÍN
Mientras la mayoría de las defensas se adhirió también a esta cuestión previa, la Fiscalía ha esgrimido que el plan acordado por la juez María Núñez Bolaños, sucesora de Alaya al frente del Juzgado de Instrucción número seis, y Álvaro Martín como magistrado de refuerzo en comisión de servicio, para que este último asumiese las seis piezas en las que Núñez había dividido el macro caso de los expedientes de regulación de empleo, entre ellas la pieza correspondiente al procedimiento específico, contó con el apoyo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y del Consejo General del Poder Judicial.
Así, la Fiscalía ha negado que se tratase de una "designación nominativa", argumentando que fue un "acuerdo gubernativo" de los poderes institucionales de la Justicia, bajo la premisa de que el "plan de actuación" acordado por Núñez y Álvaro Martín estaba destinado a "conseguir celeridad" en la instrucción y fue avalado por el TSJA y el CGPJ.
El representante del Ministerio Público se ha opuesto además a la cuestión previa relativa a una supuesta "extralimitación" en su propio escrito de acusación, extremo este último que había expuesto principalmente la defensa del exconsejero de Empleo Antonio Fernández.
La defensa del exconsejero, recordémoslo, censura que mientras el auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado atribuye a Antonio Fernández el haber "permitido que el director general de Trabajo sustrajese fondos", la Fiscalía le achaca directamente la "concesión" irregular de tales fondos, toda vez que el Ministerio Público niega haberse extralimitado, porque hay que contemplar el comportamiento del exconsejero "como un todo" y no de modo "parcial".
Respecto a la defensa de la exconsejera de Hacienda de la Junta Carmen Martínez Aguayo, que entre sus cuestiones previas ha solicitado que los acusados declaren después de los testigos y peritos y no antes, dada la "imprecisión" de las conductas y hechos que se les achacan, la Fiscalía se ha opuesto a tal extremo, recordando que el orden de las pruebas a analizar en una vista oral está "determinado" por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
EL ORDEN DE LAS COMPARECENCIAS
De la misma manera, el representante de la Fiscalía ha advertido de que "la declaración de un encausado sí tiene valor probatorio y es un medio de prueba válido del que puede servirse la acusación" y ha considerado que "no parece lógico que sea la defensa quien decida el orden de las pruebas".
En cuanto a las cuestiones previas del exconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, el Ministerio Público se ha opuesto a la idea de que sea "deficiente" la acusación que pesa en su contra por un presunto delito de malversación, considerando además que "no cabe apreciar la prescripción" alegada por la defensa de Viera respecto al presunto delito de prevaricación administrativa que pesa en su contra. Precisamente por ello, se ha opuesto a las cuestiones previas de la defensa del exconsejero.
Además, la Fiscalía se ha opuesto a la cuestión previa promovida por la defensa del ex director general de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero, para que prestasen declaración una serie de altos funcionarios encargados de elaborar los "expedientes previos" a la regulación estatal a la que se atuvieron las ayudas a la prejubilación de mineros de la Faja Pirítica de Huelva.
No obstante, no ha objetado "nada" ante la cuestión previa del abogado defensor de Viera, Manuel Herrera, para que preste declaración como testigo la que fuese directora general de Trabajo del Ministerio de Trabajo durante la etapa de José María Aznar como presidente del Gobierno Soledad Cordova Garrido, investigada por cierto en la pieza de la macro causa que aborda las ayudas estatales concedidas para las prejubilaciones de los mineros de la Faja Pirítica de Huelva.