GRANADA, 29 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía ha solicitado la pena de cinco años de cárcel para el exconsejero de Educación, Cultura y Deporte Luciano Alonso durante el juicio que se ha celebrado este miércoles contra él en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por un presunto delito de falsedad continuada en documento público en relación a los nombramientos de Luis Guerrero como director del Centro Andaluz del Flamenco (CAF), y de Alejandro J. Cárdenas y María Centeno como directores consecutivos de la Filmoteca de Andalucía.
El fiscal ha hecho esta petición al elevar a definitivas sus conclusiones en la vista celebrada en la Sala Civil y Penal del TSJA por este asunto, por el que también pide para él cinco años de inhabilitación y multa de 12.000 euros.
Lo hace al entender que las órdenes de nombramiento que firmó Luciano Alonso para la designación de este personal de confianza en la Consejería de Cultura entre 2012 y 2015, "no se ajustaban a la realidad", "eran falsas" y suponen "documentos simulados", atribuyendo a Alonso la "voluntad" de querer con ello "trastocar la realidad".
El juicio se produce después de que el Tribunal Supremo confirmara la absolución del exconsejero por el delito de prevaricación por el que inicialmente le acusaba la Fiscalía, pero ordenara que se le volviera a enjuiciar por el presunto delito de falsedad que le atribuyó en el último momento, al elevar a definitivas sus conclusiones.
La vista oral contra Luciano Alonso se ha retomado este miércoles, tal y como ordenó el Supremo, desde este mismo momento, de modo que se ha centrado en las exposiciones del Ministerio Fiscal y de la defensa del exconsejero, que ha pedido para él una sentencia absolutoria y ha tachado de "temeraria y absurda" la acusación.
Entre otros extremos, el letrado ha sostenido que la alteración de documentos que alega la Fiscalía "no tiene sentido" una vez que Alonso ha sido absuelto de prevaricación por el TSJA y el Tribunal Supremo. Ha recordado además que ambas sentencias concluyen que "jamás hizo uso del amiguismo ni se desvió del servicio de la función pública".
Alonso defendió el pasado 30 de enero durante el juicio que no intervino en el procedimiento puramente administrativo para el nombramiento de Luis Guerrero y que nunca se le trasladó su "encaje" como director del Centro Andaluz del Flamenco (CAF), un puesto que no supo que ostentaba en "toda la legislatura" y hasta que "no salió en prensa", alegando que dada la ingente cantidad que afronta un consejero no podía ocuparse al detalle de estos procesos administrativos.
LA FISCALÍA, "DESASISTIDA Y SOLA"
No obstante, el fiscal ha insistido durante su exposición que existió "un fraude deliberado" de la normativa y que "falsas las órdenes de nombramiento de Luis Guerrero" quien en realidad "desempeñó las funciones de asesor de la Consejería de Cultura en Málaga", y las de los directores de la Filmoteca de Andalucía, a los que, que cuando "pidieron explicaciones", se les dijo que no iban a ejercer este cargo sino "otros" y que "esto se podía hacer así".
Ha incidido en la "gravedad extraordinaria" de este "tipo de conductas", lamentando que dé "la impresión" de que "se puede hacer lo que se quiera" con el dinero que los ciudadanos aportan a las arcas públicas a través de sus impuestos: "podemos beneficiar a nuestros amigos, familiares", crear "sociedades que llenamos de cargos afines", aunque se le intente restar "importancia"
Tras ser apercibido por el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, que ha presidido el juicio y le ha llamado a "ceñirse a los hechos", el fiscal ha reconocido que "en procedimientos como estos" el Ministerio Público se encuentra "desasistido y solo", después de que la Junta, a la que se ofreció personarse en el caso, diera "la callada por respuesta", mientras que los testigos --ha dicho-- son funcionarios "agradecidos" o "subordinados administrativos del propio acusado".
SERVIDOR PÚBLICO "SIN TACHA"
La defensa del exconsejero ha censurado que el Ministerio Fiscal no haya desistido de su acusación, pues "lo único" que ampara su recurso por parte del Tribunal Supremo, que lo aceptó parcialmente, es que "no puede tocar los hechos"; esto es, "no puede decir que Alonso a sabiendas falseó un documento" porque eso no es lo que dice el relato de hechos de las sentencias del TSJA y del Supremo que le han absuelto de prevaricación.
Para el letrado, resulta "increíble" que después de estas sentencias se hable de "amiguismo por parte de Luciano Alonso", cuando se ha considerado probado que "jamás existió", ni tampoco "cualquier atisbo de prevaricación ni de engaño", pues él "no creó documentos ni redactó nombramientos" y "lo que se produce es una resignación de funciones" de estas personas, ha argumentado.
Ha pedido por tanto que "se ponga fin a este periplo que ha tenido que recorrer Luciano Alonso", el cual ha estado, según ha remarcado, "30 años gestionando fondos públicos sin tacha, sin incidencia alguna" y es merecedor de un "respeto que se le ha faltado" como "servidor público".