GRANADA 7 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) se ha congratulado este miércoles que la Fiscalía Provincial de Granada haya rechazado el recurso presentado por la Junta de Andalucía contra la absolución de dos de los tres miembros del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) que fueron a juicio acusados de un delito de desorden público tras los actos de protesta que llevaron a cabo el 4 de marzo de 2021 en la Delegación de Turismo de la Junta por el despido de una trabajadora.
En un escrito remitido con fecha de 27 de noviembre al Juzgado de lo Penal 3 de Granada para su tramitación ante la Audiencia Provincial, consultado por Europa Press, la Fiscalía interesa la desestimación del recurso entendiendo que "la sentencia argumenta y motiva las razones que le han llevado a la absolución".
Desde el SAT Granada han indicado en una nota de prensa este miércoles que defienden que se trató de "un despido improcedente, faltando al artículo 28 del convenio colectivo e infringiendo la ley del derecho a la libertad sindical, respaldada por el Estatuto de los Trabajadores".
"Estamos ante un claro intento de ilegalización del sindicalismo más combativo y la defensa de los derechos de los trabajadores", ha indicado la portavoz del SAT Granada, Inmaculada Manzano, quien ha agregado que "los hechos nos parecen muy graves y volveremos a llevar al Parlamento europeo y al Parlamento andaluz esta persecución sindical".
El Juzgado de lo Penal 3 de Granada absolvió a los tres sindicalistas tras descartar que accedieran de forma violenta al edificio o que generaran en el personal de vigilancia "sentimiento de intimidación". Ya en la recta final del juicio, la Fiscalía, que inicialmente pedía prisión, retiró los cargos contra dos de ellos y rebajó a ocho meses de multa su petición para el tercero.
La acusación particular ejercida por la Junta de Andalucía, que llegó a pedir hasta cinco años de prisión por este asunto, ha recurrido la absolución de dos de los sindicalistas ante la Audiencia de Granada y en su escrito, al que tuvo acceso Europa Press, solicita que sean condenados a un año y tres meses de prisión por un delito de coacciones. Lo hace al entender que existió "intimidación" en la presencia del grupo de sindicalistas en ese lugar de trabajo no abierto al público.
El Juzgado de lo Penal declaró probado que sobre las 13,15 horas del aquel 4 de marzo de 2021 un colectivo de unas diez personas entró individualmente "sin que conste que lo hicieran de forma violenta" al Edificio de Usos Múltiples donde se ubica la Delegación de Turismo de la Junta a propósito del despido de una trabajadora.
Se dirigieron a la tercera planta y una vez allí una de las acusadas quedó en la puerta sin que conste probado que llegara a acceder al interior de la misma ni, por tanto, que realizara acto alguno en ella, en tanto que el resto entraron sin autorización a la antesala de los dos despachos.
No consta, según mantenía el juez, que los otros acusados se encararan con personal laboral o interrumpieran su actividad, ni que revolvieran ni manipulara documentación ni, por tanto, que participaran en acto alguno de "quebranto o perturbación del normal desarrollo de la actividad" y de las tareas que se estaban desempeñando en esta planta. Será ahora la Audiencia de Granada la que decida sobre este asunto.