JAÉN, 20 May. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía ha pedido que decaiga la acusación contra el ex alcalde de Jaén y ex secretario de Estado de Hacienda, José Enrique Fernández de Moya (PP), después de que el titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Jaén haya emitido auto de procesamiento contra él como presunto autor de los delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias.
Así se recoge en el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público y en el que pide el sobreseimiento y archivo de diligencias referidas a Fernández de Moya en la causa abierta por el presunto quebranto patrimonial de 4,1 millones a las arcas del Ayuntamiento cometido por la empresa zamorana Matinsreg al inflar supuestamente sus facturas de mantenimiento de las fuentes ornamentales en la ciudad de Jaén.
En lo que se refiere al exalcalde y al delito de prevaricación, el recurso de la Fiscalía, al que Europa Press ha tenido acceso a través de la Fiscalía Superior de Justicia, establece que "no existe ningún indicio" que revele acuerdo o concierto previo de Fernández de Moya con el resto de investigados.
"No debe confundirse el conocimiento que el investigado pudo tener" con "el concierto previo para enriquecerse ilícitamente mediante la presentación de facturas inveraces por los servicios prestado", señala el recurso del Ministerio Público firmado por el fiscal jefe de la Audiencia de Jaén, Carlos Rueda.
Incide Fiscalía en su recurso en que Fernández de Moya, por su condición de alcalde-presidente del Ayuntamiento de Jaén, "es obvio que tuvo conocimiento de la situación", pero reitera que éste "no tuvo intervención alguna en el encargo a la empresa MAtinsreg SLU (o a las otras dos empresas Jofersan Aguas y Elecnor) de la realización de los servicios abandonados por Imesapi SA" ya que los documentos para ello "se confeccionaron durante su ausencia, por ser periodo de vacaciones".
Subraya el fiscal en su recurso de 23 páginas que "ni la designación de las citadas empresas ni el conocimiento que de ello pudiera tener el investigado determina la existencia de un delito de prevaricación administrativa" y añade que los encargos a las mismas se hicieron siguiendo el informe del oficial mayor del Ayuntamiento de Jaén, de fecha 10 de agosto de 2012, sobre tramitación de emergencia.
Sobre el conocimiento del investigado de las posibles irregularidades de las facturas y que pese a ello Fernández de Moya omitiera cualquier acto de comprobación de este extremo, el fiscal apunta que "no consta indiciariamente acreditado que el investigado Don José Enrique Fernández de Moya hubiera tenido conocimiento previo del concierto" entre otros investigados y que participara en "elaborar facturas que incluían de forma sistemática y reiterada servicios no prestados, productos no utilizados y/o con sobreprecios muy elevados".
Por todo ello, recoge que en supuestos como el presente "en los que la autoridad imputada no había participado en el proceso previo, en los que no constaba que tuviese ningún interés por las personas afectadas en el mismo, ni tampoco que conociese que se hubiese cometido irregularidad alguna", el Tribunal Supremo (TS) ha venido excluyendo la prevaricación pues en su doctrina "exige que exista la clara conciencia de la ilegalidad o de la arbitrariedad que se ha cometido".
En varias ocasiones se alude a que Fernández de Moya actuó ante una situación de emergencia, bajo el amparo del informe del oficial mayor del Ayuntamiento y "en la creencia de la veracidad de las facturas presentadas que venían avaladas por los informes de los técnicos", de ahí que firmara el levantamiento de reparos a las facturas emitidas tanto por Matinsreg como por las otras dos empresas.
En lo que respecta al delito de malversación de caudales públicos, Fiscalía sostiene en su recurso que también ha de decaer la imputación por dicho delito pues "ni él sustrajo caudales públicos ni existe indicio alguno en todo lo actuado para atribuirle que hubiere existido un acuerdo de voluntades previo o posterior con alguno o algunos de los demás investigados y hubiere con ello consentido dolosamente que otros lo hicieran".
Por último, en lo que se refiere al delito de tráfico de influencias, el fiscal señala que en los hechos que resultan acreditados indiciariamente de las diligencias practicadas, no hay "hecho alguno en el que se describa una conducta realizada por Don José Enrique Fernández de Moya que pueda integrar la referida calificación jurídica".
Por último, desde Fiscalía se hace constar que los delitos por los que han sido imputados y acusados el resto de los investigados para los que solicita la continuación de la causa, entre ellos malversación de caudales públicos, tráfico de influencias o cohecho, son todos competencia del Tribunal del Jurado, por lo que, además de pedir que se proceda a la acomodación de la tramitación al procedimiento del Tribunal con Jurado, se solicita la suspensión del trámite de calificación hasta que los recursos sean resueltos por la Audiencia Provincial.
Por el momento, ya han registrado escrito de acusación provisional el PSOE, que pide once años de cárcel para José Enrique Fernández de Moya, y el Ayuntamiento de Jaén, que solicita seis años de prisión.
Por su parte, la defensa de José Enrique Fernández de Moya, al igual que ha hecho ahora la Fiscalía, tiene recurrido el auto de procesamiento del juzgado que instruye el caso Matinsreg, "dada la inexistencia de indicios racionales de criminalidad", considerando que "se han dado como hechos probados meras conjeturas" y que se está promoviendo "una pena de banquillo" para el ex alcalde y ex secretario de Estado de Hacienda.
De total de nueve investigados y procesados, Fiscalía pide también que decaiga la acusación contra A.M.F. por delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial o ideal con un
delito continuado de malversación de caudales públicos ya que "los hechos en los que se basa dicha imputación no resultan acreditados".
ORIGEN
El origen de esta causa está en la querella interpuesta por el grupo municipal socialista a finales de 2017 y en la que se apuntaba a pagos "inflados" a Matinsreg, empresa a la que supuestamente se había adjudicado 'a dedo' el servicio de las fuentes ornamentales en la ciudad cuando Fernández de Moya era alcalde de Jaén, en 2012.
El auto inicial recogía que Fernández de Moya como alcalde de Jaén "vino ordenando personalmente los pagos a realizar a dicha empresa en contra de los informes y reparos de legalidad que hacía recaer constantemente el interventor del Ayuntamiento". En dichos reparos "se aludía precisamente a la ausencia de todo procedimiento, soporte contrato o relación de toda índole de Matinsreg con el Ayuntamiento de Jaén".
Además, las facturas que la empresa pasaba al cobro recogían supuestamente trabajos que no se habían realizado, o a los que se incluían un número de horas y operarios que no se correspondía con la realidad y materiales cuyo precio en el mercado estaban muy por debajo de lo que luego desde Matinsreg facturaba al Ayuntamiento.