GRANADA, 31 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía ha modificado sus conclusiones provisionales este martes contra el exconsejero de Educación, Cultura y Deporte Luciano Alonso, al que, además de un delito de prevaricación administrativa por los nombramientos del director del Centro Andaluz del Flamenco (CAF) y de dos directores de la Filmoteca de Andalucía, ha sumado otro de falsedad en documento público por el que ha reclamado una pena de cinco años de cárcel, aunque la Sala lo ha rechazado al entender que esta ampliación de la acusación no tiene "encaje" legal.
Concretamente, el Ministerio Fiscal ha rebajado de 14 a nueve años su petición de inhabilitación para empleo o cargo público para el exconsejero por el presunto delito continuado de prevaricación administrativa que le atribuye, al haberse producido un "error" en la solicitud de la pena en aplicación de la normativa vigente.
Ha considerado, no obstante, que en el transcurso de la vista oral ha quedado "acreditada" la comisión de un delito de falsedad en documento público y ha ampliado su acusación, solicitado por ello también la pena de cinco años de prisión, multa de 12.000 euros y otros cinco años de inhabilitación para Alonso.
La petición de cárcel por este nuevo delito ha sido calificada de "sorpresiva" y "absolutamente inaceptable" por parte de la defensa del exconsejero, en tanto que a lo largo de todo el proceso solo se habían calificado los hechos como constitutivos de un posible delito de prevaricación administrativa, por lo que la suma de este nuevo delito genera a su entender una situación de indefensión.
En este contexto, la defensa, que ha pedido la libre absolución, ha solicitado al tribunal que enjuicia el caso en la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia que no admita este cambio.
El tribunal, que está presidido por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, ha hecho un breve receso para valorar la petición de la Fiscalía, que finalmente ha rechazado y que contestará en sentencia, al entender que efectivamente es "sorpresiva" y que supone una tipificación nueva de los hechos que podría haberse realizado inicialmente. Para el tribunal, se trata de una ampliación de la acusación sin aportar elementos, lo que no tiene encaje legal.
Durante esta última sesión del juicio, que ha quedado visto para sentencia, han declarado varios testigos a propuesta de la Fiscalía y la defensa, entre ellos técnicos que han aludido a la legalidad de los nombramientos de Luis Guerrero como director del Centro Andaluz del Flamenco (CAF) y de Alejandro J. Cárdenas y María Centeno como directores consecutivos de la Filmoteca de Andalucía.
Ése ha sido el caso de la que fuera secretaria general técnica de la Consejería de Cultura, la cual ha declarado que no hizo ninguna "alerta" respecto al nombramiento del que fuera director del CAF porque "no había razón para ello" en tanto que se aplicó la normativa vigente.
Ha explicado que, ante las necesidades de reforzar el área de Cultura en la provincia de Málaga, se requirió desde la Consejería una plaza de eventual "que existiera, que tuviera dotación presupuestaria y que estuviera libre", sin más especificidades, requisitos que cumplía la del CAF.
Ha alegado que en la tramitación del nombramiento no realizó ninguna advertencia en tanto que el Estatuto Básico del Empleado Público permite reasignar funciones por "necesidades de servicio", de modo que lo que se hizo fue "aplicar la ley".
En el mismo sentido se ha pronunciado otra técnica, quien ha agregado que cada consejería "tiene capacidad para asignar funciones a su personal distintas a las que expresamente asigna el puesto".
También han declarado miembros del equipo de Alonso en su etapa de consejero, los cuales han defendido la necesidad de realizar estas contrataciones de cara a contar con un asesor cultural en la provincia de Málaga --en el caso del que fuera director del CAF-- y de impulsar el anteproyecto de la Ley del Cine, en relación a los que fueran directores de la Filmoteca de Andalucía. Ello sin que en ningún momento, según afirman, se especificara a los servicios técnicos qué encaje debía tener en el organigrama de la Consejería y sin que ellos supieran cuál se le dio.
Otro de los testigos ha sido la persona que ha estado desempeñado las labores de dirección en la Filmoteca de Andalucía desde 2008, el cual ha declarado que desconocía los nombramientos de Cárdenas y Centeno como directores de este organismo y que ninguno "apareció nunca" por la sede.