SEVILLA, 28 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) ha desistido de interponer un recurso de casación contra la absolución del exconsejero de Educación, Cultura y Deporte de la Junta Luciano Alonso de delito de falsedad continuada en documento público por el que fue juzgado el pasado mes de noviembre de 2017 en la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en relación a los nombramientos durante su etapa de gestión del director del Centro Andaluz del Flamenco (CAF) y de los directores de la Filmoteca de Andalucía.
Así lo ha trasladado la Fiscalía del Supremo en un escrito, fechado el 9 de enero al que ha tenido acceso Europa Press, a la Sala Segunda del TS y en el que manifiesta el desistimiento del citado recurso, quedando pendiente la resolución que dicte al respecto la Sala.
Cabe recordar que la Sala de lo Civil y de lo Penal del TSJA, en sentencia del 11 de diciembre de 2017, absolvió a Luciano Alonso del presunto delito de falsedad continuada en documento público por el que la Fiscalía le pedía cinco años de cárcel y de inhabilitación en relación a los nombramientos de Luis Guerrero Jiménez como director del Centro Andaluz del Flamenco y de Alejandro J. Cárdenas y María Centeno como directores consecutivos de la Filmoteca de Andalucía.
Tras esta decisión, el fiscal anunció la preparación de un recurso de casación por entender que hay elementos probatorios que no han sido contradichos en la sentencia absolutoria de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal andaluz de 11 de diciembre de 2017 y que existe una infracción de ley, al no haberse aplicado el artículo del delito de falsedad documental, según detallaron a Europa Press fuentes del Ministerio Público.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJA absolvió al exconsejero por entender que "no se puede argumentar, como así hace el fiscal, que los datos que reflejan los nombramientos y ceses no responden en modo alguno a la realidad, ni tampoco que se trate de documentos que incorporan nombramientos y ceses enteramente falsos".
La Sala tampoco veía "razonable" argumentar que los nombramientos o ceses recogen algunos extremos documentales inveraces", pese a mostrarse consciente de que se trataba de "una conducta irregular, reprochable administrativamente, que afecta a la imagen y credibilidad de la Administración".
La Fiscalía discrepaba de estos razonamientos y entendía también que existe un "error un la apreciación de la prueba", por lo que ha preparado recurso de casación que remitió a la Fiscalía del Supremo, encargada de decidir si lo interpone o no ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Tras la remisión del recurso de casación preparado, la Fiscalía del Supremo, en un escrito presentado ante la Sala Segunda del TS, ha manifestado que desiste de la presentación del citado recurso, lo que puede entenderse como el final del proceso contra el exconsejero andaluz, según han señalado fuentes del caso a Europa Press.
Fue precisamente el Supremo el que ordenó que se volviera a juzgar al exconsejero después de que fuera absuelto por prevaricación en esta causa. El objetivo fue que se le juzgara también por un supuesto delito de falsedad en documento público después de que la Fiscalía lo incluyera en su calificación al elevar a definitivas sus conclusiones en el primer juicio que se celebró contra él en el TSJA.