El Gobierno admite a la juez de los ERE que dio ayudas laborales directamente y sin concurso

María Núñez Bolaños llegando a los juzgados de Sevilla
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 5 octubre 2017 11:21

SEVILLA 5 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha elevado un escrito a la juez María Núñez Bolaños, que investiga el caso de los ERE fraudulentos, en el que reconoce que no realizó ningún concurso público para las ayudas extraordinarias para prejubilaciones concedidas desde el año 2001 hasta 2011, que se otorgaron por el régimen de "concesión directa".

En un informe, al que ha tenido acceso Europa Press, el director general de Empleo, Javier Thibault Aranda, responde así al requerimiento que le realizó la magistrada el pasado mes de julio para que aportara una relación de dichas ayudas concedidas entre 2001 y 2011, que es el periodo investigado en los ERE.

La juez requirió además al Ministerio que indicara en cuáles de estas ayudas extraordinarias para prejubilaciones "se realizó concurso público", con aportación de la documentación que acredite la celebración de esos concursos públicos "caso de haberse llevado a cabo".

Asimismo, también le reclamó que informara sobre si las ayudas "eran finalmente ingresadas por algún organismo estatal o por la Subdelegación del Gobierno a las compañías de seguros que les indicaban las empresas tomadoras del seguro o la representación sindical, solicitantes ambas de las ayudas, sin realizar ningún tipo de comprobación respecto a si era o no adecuado el coste de la póliza de seguro".

En este sentido, el director general de Empleo aporta en el informe un listado de 220 ayudas concedidas entre 2001 y 2011 donde precisa las empresas que recibieron las mismas, la aseguradora, el tomador de la póliza, el organismo que efectúa el ingreso y el importe en euros de cada una de las ayudas, que oscilan entre 13.760,49 euros y 22,2 millones y que suman unos 300 millones en total.

No obstante, "no se aporta ninguna documentación relativa a concursos públicos de adjudicación de ayudas al no haberse celebrado ninguno en el periodo citado", apunta el director general de Empleo.

De este modo, Thibault informa a la juez de que la concesión de ayudas extraordinarias entre 2001 y 2011 se realizó en los supuestos y condiciones que se establecen en la Orden Ministerial de 5 de abril de 1995, cuyo artículo tercero "establecía que las ayudas podían ser solicitadas conjuntamente por la empresa y los representantes de los trabajadores, o directamente por éstos últimos, acompañando una memoria explicativa en la que constasen los motivos por los que se solicitaba, la cobertura solicitada y el coste económico individualizado".

DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA

El director general de Empleo, en este informe fechado el 18 de septiembre y consultado por Europa Press, señala que, "a la vista de los motivos alegados y de la documentación acreditativa aportada, la Dirección General de Trabajo resolvía directamente sobre la concesión de las ayudas, condicionada a la disponibilidad presupuestaria existente".

Al hilo de ello, precisa que la Orden Ministerial de 1995 "no contemplaba, en cambio, la realización de concurso público alguno para la concesión de dichas ayudas", razón por la que la entonces Dirección General de Trabajo "tramitó todas estas solicitudes por el régimen de concesión directa".

Una forma de proceder que, según añade, "sucede en la actualidad" tras la aprobación del Real Decreto 908/2013, de 22 de noviembre, por el que se establecen las normas especiales para la concesión de ayudas extraordinarias a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas.

La juez reclamó esta documentación al Gobierno tras la petición realizada a tal efecto por la defensa del exdirectivo de Vitalia Antonio Albarracín en el marco de la pieza separada por las ayudas sociolaborales por valor de más de 40 millones concedidas durante la crisis de la minería de la Faja Pirítica de Huelva, donde están siendo investigadas 25 personas, entre ellas dos ex altos cargos que formaban parte del Gobierno de José María Aznar en 2003 y los ex secretarios generales de UGT-A, Manuel Pastrana, y de CCOO-A, Francisco Carbonero.

La defensa de Antonio Albarracín realizó esta petición alegando que "la necesidad de práctica de la prueba deriva del hecho de que hasta el momento, cuando se han cumplido más de cinco años de instrucción, se ha dado por bueno entre otros por los peritos de la Dirección General de Seguros que en todas las ayudas de la Administración para prejubilaciones se utilizaba la convocatoria de concursos públicos".

Y eso, según el letrado, "como se pone de manifiesto en el procedimiento, no ha sido así, al menos respecto de las 15 ayudas extraordinarias concedidas para la minería de Huelva, en donde no consta concurso público alguno".

CONCURSO PÚBLICO

"Estamos en condiciones de afirmar que tampoco se habría realizado concurso público en el resto de ayudas extraordinarias para prejubilaciones concedidas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, circunstancia esta nada anormal, al haberse aplicado la Orden Ministerial de 5 de abril de 1995", argumenta el abogado de Albarracín.

A su juicio, "procedería comprobar si el proceder del Gobierno central, a través de su Dirección General de Trabajo, fue similar a la que ese organismo realizó en el caso de la minería de Huelva, con el resto de pólizas de prejubilación financiadas por el Ministerio hasta el año 2011".

Y es que, según concluye, "tiene indudable interés conocer si el Estado actuó de forma diferente a como actuó la Junta de Andalucía, o se limitó a aportar la financiación a las pólizas y con las aseguradoras que le indicaban las empresas tomadoras y la representación sindical, y todo ello sin realizar ningún tipo de concurso ni comprobación respecto de si estaba o no el precio de acuerdo al mercado asegurador existente".

El investigado explica que ya consta en el procedimiento información de la Delegación del Gobierno en Andalucía y de la Subdelegación del Gobierno en Huelva respecto de los trabajadores afectados por las pólizas de la Faja Pirítica de Huelva que fueron cofinanciadas por el Gobierno central y por la Junta de Andalucía.

ORDEN MINISTERIAL DE 1995

Al hilo, asevera que, analizada esta documentación, se constata que "todas las resoluciones de las ayudas extraordinarias" fueron concedidas de acuerdo a la Orden Ministerial de 5 de abril de 1995 y que se concedieron por parte del ministro de Trabajo y Asuntos Sociales a través de su Dirección General de Trabajo 15 ayudas extraordinarias para este colectivo, con resoluciones dictadas desde el 1 de diciembre de 2003 hasta el 29 de septiembre de 2005.

Asimismo, también se constata a juicio del encausado que el control de las obligaciones que asumían los prejubilados respecto de las ayudas extraordinarias "era llevado a cabo por la Dirección General de Trabajo del Ministerio (Administración central/Estado)".

Según concluye, del estudio de la documentación analizada "se colige que esas pólizas fueron contratadas en unidad de acto, en donde en la misma póliza aparecían los pagos del Gobierno central y del autonómico, es decir, se presume que el Gobierno central tampoco elaboró para esas pólizas ningún pliego de prescripciones técnicas que pudiera ser utilizado en procedimientos de concurrencia competitiva, en los que se invita a participar directamente a las aseguradoras sin la intervención de un mediador de seguros".


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