SEVILLA 13 Nov. (EUROPA PRESS) -
Los hosteleros han calificado de "magnífica" la ampliación hasta las 23,30 horas para el servicio de entrega a domicilio aunque no beneficiará a todo el sector porque "es una parte muy pequeña" la que ofrece este tipo de servicio.
Así lo ha indicado el secretario general de Horeca Andalucía, Ramón Calatayud, en declaraciones a Europa Press, en las que valora la decisión de la Junta de introducir una excepción a la limitación horaria que exige el cierre de los establecimientos de hostelería y restauración a partir de las 18,00 horas vigente desde el pasado martes día 10 para permitir que continúen con su actividad hasta las 23,30 horas para el servicio de entrega a domicilio, fijando las 22,30 horas como hora límite para realizar pedidos.
"Todo lo que sea clarificar la incertidumbre es bienvenido", ha resaltado el secretario general de Horeca Andalucía, que asegura que "se estaban dando informaciones contradictorias en las diferentes provincias".
Así, valora el margen de cierre de una hora y media más sobre el toque de queda para entregas a domicilio y destaca que "todo lo que sea ampliar el horario es magnífico y es una ayuda que se nos hace", aunque lamenta que "no afectará a todo el sector porque es una parte muy pequeña la que tiene entrega a domicilio".
En definitiva, considera que esta decisión les da "posibilidades de trabajo" e insiste en que "lo único que pedimos es que nos dejen trabajar".
PEDIDOS HASTA LAS 22,30 HORAS
Esta decisión de ampliar el horario para la entrega a domicilio la establece una "corrección de errores" de la orden de 29 de octubre de la Consejería de Salud y Familias por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención del coronavirus Covid-19 que publica este viernes el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), justo un día después de las multitudinarias movilizaciones protagonizadas por el sector de la hostelería y la restauración en las ocho capitales de la comunidad.
Así, se introduce una salvedad para permitir a los establecimientos de hostelería "continuar en todo caso con su actividad hasta las 23,30 horas, exclusivamente para el servicio de entrega a domicilio, estableciéndose como hora límite para realizar pedidos las 22,30 horas".
También establece que "esta limitación horaria no será de aplicación para los establecimientos de hostelería sin música que se encuentren acogidos a un régimen especial de horarios conforme a lo dispuesto en el artículo 27 del el Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre".
La "corrección de errores" no altera la regulación vigente sobre las condiciones generales para la actividad en establecimientos de hostelería y restauración y mantiene que "la ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas", así como que "con carácter general el consumo fuera o dentro del local se hará sentado en una mesa, o agrupaciones de mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad entre mesas o grupos de mesas para que, entre clientes de diferentes grupos, haya como mínimo 1,5 metros o, en su caso, entre clientes situados en la barra, si el consumo en barra se permitiera".