El camión fue inmovilizado en el kilómetro 420 de la Autovía A-4 en sentido Madrid
CÓRDOBA, 7 Sep. (EUROPA PRESS) -
La Guardia Civil del Subsector de Tráfico de Córdoba investiga al conductor de un camión articulado por arrojar en la prueba de alcoholemia un resultado de 0,89 mg/l de alcohol en aire espirado, tasa seis veces superior a la máxima permitida.
Según ha indicado la Dirección General de Tráfico (DGT) en una nota, el camión fue ser parado por los agentes a las 4,30 horas de este jueves en la Autovía A-4, sentido Madrid a la altura del kilómetro 420, al observar la conducción irregular del mismo. Cuando los actuantes detuvieron el vehículo percibieron un "notorio olor a alcohol en la cabina del camión", y observaron también el conductor tenía "habla pastosa" y mostraba "síntomas de agotamiento".
Al realizarle la prueba de alcoholemia arrojó un resultado final de 0,89 mg de alcohol por litro de aire espirado, tasa seis veces superior a la máxima permitida.
El conductor, de 43 años de edad, realizaba un transporte desde la localidad de Sevilla hasta Alcalá de Henares (Madrid) cuando fue detectado, y se enfrenta a un delito contra la Seguridad Vial, recogido en el artículo 379.2 del Código Penal, que puede ser castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
La tasa máxima permitidas para conductores de vehículos en general es de a 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Cuando se trate de vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, o de servicio público, al transporte escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de servicio de urgencia o transportes especiales, la tasa máxima es de 0,15 miligramos por litro, al igual que los conductores de cualquier vehículo durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia.
Si la tasa supera los 0,60 mg/l, como en este caso, se abandona la vía administrativa para pasar a la vía penal, pudiendo el conductor ser condenado por el delito antes indicado. A partir de tasas superiores a 0,75 mg/litro, el riesgo de sufrir un accidente puede multiplicarse hasta por 15, ello unido a las características propias del vehículo, y al largo recorrido que pretendía recorrer, supone la eliminación de un riesgo de accidente de grandes dimensiones de nuestras carreteras, que podría haber costado varias vidas.