GRANADA, 21 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de Instrucción 9 de Granada ha acordado el archivo de la causa abierta por la adjudicación de la Casa Ágreda a la Federación de Agencias Internacionales para el Desarrollo, al entender que el proceso se ajustó a la normativa vigente y que la operación "no ha quebrado el interés legítimo de los ciudadanos".
El magistrado ha tomado esta decisión tras tomar declaración a los investigados en esta causa, entre ellos el que fuera alcalde de la ciudad, José Torres Hurtado (PP), y la exconcejal de Urbanismo, Isabel Nieto, por supuestos delitos de tráfico de influencias, prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos por la adjudicación de este inmueble patrimonial del siglo XVI situado en el Albaicín.
En un auto al que ha tenido acceso Europa Press y contra el que cabe recurso de reforma y apelación, el juez expone que, de acuerdo a la normativa vigente, el Ayuntamiento --entonces gobernado por el PP-- pudo optar por "la adjudicación directa y gratuita del inmueble" a una organización no lucrativa y con fines de interés social, "sin necesidad de acudir a un concurso público".
Bajo esta premisa, "no parece", a su juicio, que la operación haya "quebrado el interés legítimo de los ciudadanos granadinos, al destinar a un fin de interés social el edificio" en virtud de una "significativa cantidad de dinero para las arcas públicas", al tiempo que se lograba "la rehabilitación de un inmueble singular del que se albergaba un temor cierto de que se viniese abajo y que periódicamente demandase la realización de obras para impedir el derrumbe del mismo".
"O que se les cayese encima, como gráfica y coloquialmente aseveró (...) Torres Hurtado en la declaración prestada en sede instructora", agrega el juez instructor en esta causa, en la que también declararon como investigados otro funcionario del área de Urbanismo y un representante de la Federación de Agencias Internacionales para el Desarrollo (AIDE).
Respecto al procedimiento en sí, mantiene el juez que, "con abstracción" de "nimias" disfunciones o "irregularidades de naturaleza meramente administrativas, que en su caso habrían de dirimirse ante la jurisdicción competente, "lo cierto es que (...) el otorgamiento de derecho de superficie con opción de compra por el valor y con el coste de rehabilitación ya circunscrito se atempera a la normativa vigente".
TASACIÓN Y VIAJE A MARRUECOS
También se pronuncia sobre las valoraciones que con anterioridad se hicieron de la Casa Ágreda y que eran superiores a la realizada por otra de las personas investigadas en la causa, el exdirector técnico de obras municipales, Manuel Lorente.
Argumenta el magistrado que esas periciales estaban "desvirtuadas o resultaban legalmente inoperativas por su caducidad" y tenían "notorias deficiencias, como la previsión de un destino residencial o hotelero, prohibido categóricamente por la regulación vigente".
Sobre el viaje a Rabat (Marruecos) de dos concejales (Francisco Ledesma y Fernando Egea) para unas jornadas hispano-marroquíes "con todos los gastos pagados" después de que se diera luz verde a la operación, el magistrado no "observa indicio alguno de ilicitud" .
Por todo ello, el titular del Juzgado de Instrucción 9 de Granada no justifica la necesidad de practicar las diligencias complementarias interesadas por el Grupo Municipal Vamos Granada, personado como acusación, y acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa, en la que también está personado un empresario.