La Junta cambia cuatro decretos para alargar a 31 de diciembre de 2021 el periodo para ser empresa en crisis

Archivo - El consejero de la Presidencia, Antonio Sanz, en una imagen de archivo en la visita a una empresa.
Archivo - El consejero de la Presidencia, Antonio Sanz, en una imagen de archivo en la visita a una empresa. - Francisco J. Olmo - Europa Press - Archivo
Publicado: domingo, 8 octubre 2023 11:59

SEVILLA 8 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó el pasado martes, día 3, el decreto 252/2023 para modificar a su vez otros cuatro decretos de 2014 y 2015 para propiciar su adaptación a la normativa comunitaria y con ello que las empresas puedan acogerse a las ayudas en crisis con la fecha límite de 31 de diciembre de 2021, que la Unión Europea puso en marcha con motivo de la epidemia de coronavirus y declaró como tal el periodo comprendido entre 1 de enero de 2020 y el último día de 2021.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicó este viernes ese decreto, que rubrican el presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, y el consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, Antonio Sanz.

Las normas que son objeto de revisión son los decretos 114/2014 sobre las ayudas a empresas de la Junta de Andalucía para Inversiones de Finalidad Regional; el 115/2014 de ayudas para el desarrollo de las actividades económicas de las pequeñas y medianas empresas; el 185/2014 sobre ayudas a empresas para la investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) y el Decreto 303/2015 de las ayudas a empresas para protección del medio ambiente y el desarrollo energético sostenible.

Esos cuatros decretos ya se cambiaron a través del Decreto 225/2020 y permitía a las empresas que, como consecuencia del brote de Covid-19, y no estuvieran en crisis el 31 de diciembre de 2019, pero pasaron a serlo entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021, pudieran seguir recibiendo ayudas con cargo a los decretos 114/2014, 115/2014, 185/2014 y 303/2015.

La Junta de Andalucía explica que esa modificación tenía su origen en sucesivas reformas de reglamentos comunitarios, entre ellos, el Reglamento (UE) número 651/2014, de forma que se permitía conceder ayudas a las empresas que no se encontraban en crisis el 31 de diciembre de 2019, pero pasaron a ser empresas en crisis durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.

Aunque el Gobierno andaluz reconoce "la aplicabilidad directa del Reglamento (UE) 2021/1237 de la Comisión", apela a que "razones de seguridad jurídica" aconsejan las modificaciones de esos cuatro decretos para "extender el plazo a 31 de diciembre de 2021 para la calificación de empresa en crisis", mientras que precisa la necesidad de prolongar hasta final de año esa catalogación por cuanto "las empresas cierran sus ejercicios contables a 31 de diciembre de cada año" y no a 30 de junio.

El Gobierno andaluz argumenta que ha incorporado una disposición final, la Disposición Transitoria Única, para "resolver los procedimientos de concesión de las ayudas iniciadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto que no cuenten con una resolución expresa y hubieran sido regulados al amparo de una norma de desarrollo de alguno de estos decretos", de manera que "se resolverán aplicando lo dispuesto en este decreto, mediante la aplicación directa del mismo, y de las citadas normas de desarrollo en lo que no se opongan o contradigan a este decreto".

Sobre las ayudas ya concedidas bajo el paraguas de algunos de los cuatro decretos mencionados con anterioridad a este decreto, "se regirán por lo dispuesto en la normativa de aplicación vigente a la fecha de concesión".

Por tanto, la Junta de Andalucía adapta esas cuatro líneas de ayudas recogidas en esos decretos, con una coletilla común, que es generalizar que se puedan acoger a las ayudas a empresas en crisis hasta el 31 de diciembre de 2021.

En el caso del decreto 114/2014, sobre Inversiones de Finalidad Regional, apunta que las ayudas serán de un 30% a la inversión inicial en las grandes empresas desde la entrada en vigor del presente Decreto y hasta el fin de la vigencia del régimen de ayudas comunicado a la Comisión Europea conforme al Reglamento 651/2014 y que ese porcentaje podrá incrementarse en un 20% adicional para las pequeñas empresas y un un 10% adicional para las medianas empresas.

De igual forma, precisa que "la intensidad máxima de ayuda establecida en el apartado anterior se incrementará en 10 puntos porcentuales en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba, al constituir dichas provincias territorios designados para recibir ayuda del Fondo de Transición Justa".

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