SEVILLA 15 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Junta de Andalucía, personada como acusación particular, pide el sobreseimiento de la pieza abierta en la que figuran procesados los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, y otros 24 ex altos cargos de la Administración autonómica, dentro del procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas en el caso de los ERE fraudulentos.
De esta manera, y según adelanta este sábado 'Diario de Sevilla', la Junta solicita el archivo de esta pieza al entender que no hubo "trama criminal" ni se creó un procedimiento específico para eludir los controles de la Intervención y conceder de forma arbitraria las ayudas de los ERE.
El escrito elaborado por los letrados de la Junta, consultado por Europa Press y de 69 folios, apunta que en este trámite "no corresponde realizar valoración alguna sobre los hechos concretos que se refieran a la concesión de subvenciones y ayudas y mucho menos la calificación jurídico penal de tales conductas, dado que ello constituye el ámbito propio de otras diligencias previas y quedan claramente fuera del objeto del presente procedimiento".
El escrito cuestiona el dictamen pericial de los funcionarios de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), que "ha sido el que ha permitido construir y mantener un discurso en la presente causa que estimamos erróneo", y cuyos postulados "el auto de 31 de mayo de 2016 (...) --donde el juez de refuerzo Álvaro Martín procesó a 26 ex altos cargos de la Junta, entre ellos Chaves y Griñán--, ha asumido de manera prácticamente acrítica" aún cuando la prueba pericial referida "haya caído en clamorosas fallas jurídicas que cuestionan severamente su validez", agrega el escrito de la Junta.
En esa línea, sentencia que "la tesis sostenida por el auto y por la pericial de los funcionarios de la IGAE parte de la existencia de una trama criminal, que no consideramos acreditada de acuerdo con las diligencias de prueba acordadas en las actuaciones, que implicaría, durante más de diez años, la concertación por centenares de personas intervinientes en procedimientos, procesos y decisiones distintos, y sin relación entre sí, para la asignación arbitraria de fondos públicos, de los que se han seleccionado, no sabemos según qué criterios, menos de una treintena de personas".
FINALIDAD DE LA ACUSACIÓN PARTICULAR
La Junta solicita en su escrito el sobreseimiento del sumario del denominado "procedimiento específico" tras señalar que la finalidad y justificación del ejercicio de la acusación particular de la Administración andaluza, en tanto que perjudicada, "no es otra que procurar la devolución al erario público de los caudales defraudados", por lo que la "falta de cuantificación de los importes defraudados y la ausencia concreta de quienes se han lucrado indebidamente nos llevaría a formular una acusación incompleta, señaladamente respecto del delito de malversación" y a solicitar una "responsabilidad civil de cuantía indeterminada, frustrando así las legítimas expectativas de recuperación de los fondos públicos".
Según la Junta, esta concreción sólo puede hacerse en la "instrucción y posterior cualificación de los hechos objeto de averiguación en las otras piezas desgajadas de la causa principal, dado que formar acusación por tales hechos en la presente pieza impediría a esta parte formular acusación por los mismos hechos en las demás diligencias".
Como "punto final" a su escrito, la Junta subraya que "aunque nuestra posición sea de acusación, no podemos interesar la apertura de juicio oral si entendemos que de la instrucción practicada no se concluye la existencia de ilícito penal".
Así, en relación al presunto delito de malversación, y citando un reciente auto --de 26 de septiembre-- del Juzgado de Instrucción número seis de transformación en procedimiento abreviado en la denominada pieza Acyco, el escrito indica que "el ámbito de la malversación se contraería a los pagos efectuados a los denominados 'intrusos' y no a todos los ex trabajadores beneficiados, y sólo en lo que respecta a los aspectos relativos a la concesión de cada subvención o ayuda".
"Es decir, que en la concesión de las ayudas indiciariamente se ha incurrido en un delito de prevaricación si bien la malversación se contrae, exclusivamente, a las ayudas concedidas a los denominados 'intrusos'", agrega, para precisar que "las circunstancias relativas a la concesión de las ayudas, identificación de los destinatarios y cumplimiento de las condiciones legales para convertirse en beneficiarios han de ser examinadas en cada pieza y de ese modo está comenzando a proceder, a nuestro juicio acertadamente, el propio Juzgado de Instrucción número 6".
Además, concluye que de la instrucción de la pieza no se encuentra "prueba de cargo alguna que permita afirmar que se ha implantado un procedimiento específico para la concesión de determinadas ayudas y/o subvenciones y con una finalidad ilegítima", así como que tampoco existe "prueba alguna de que la mayor parte de los encausados tuviesen conocimiento de la ilicitud penal, ni siquiera administrativa, en la concesión de ayudas y subvenciones".
"INDICIOS" DE "IRREGULARIDADES"
La Junta, no obstante, sí que reconoce que existen "indicios más que suficientes de la existencia de patentes irregularidades" en la concesión de las ayudas, que integrarían el delito de prevaricación, pero que no son objeto de la causa del procedimiento específico, puesto que "no existen pruebas que avalen el presunto conocimiento que los encausados pudieran tener de las irregularidades que se venían cometiendo en la concesión de las ayudas, y aun en la hipótesis de que hubiesen tenido ese conocimiento, este elemento por sí solo no ampara una calificación propia del delito de prevaricación, pues debería ir acompañado del dictado de resoluciones administrativas injustas, aún en su modalidad omisiva". Por todo ello, puntualiza, "a salvo de quienes, efectivamente, intervinieron en la concesión de las ayudas, no puede calificarse al resto de los encausados como autores directos por dominio del hecho".
En este sentido, añade que no puede negarse que en la gestión de los procedimientos de concesión de ayudas ha habido "múltiples irregularidades administrativas" y que algunas de estas irregularidades tienen "trascendencia penal", pero reitera que esas responsabilidades deben dilucidarse en cada una de las piezas "pues para eso se dividió la causa originaria a petición del Ministerio Fiscal".