SEVILLA, 24 May. (EUROPA PRESS) -
El proyecto de Ley de Tanteo y Retracto en Desahucio de Viviendas, que permite a la Junta de Andalucía el ejercicio del derecho de compra preferente de los inmuebles afectados por procesos de ejecuciones hipotecarias, ha superado el debate de totalidad en el Pleno del Parlamento, donde no se habían registrado enmiendas a la totalidad de la norma. De esta manera, se remite a la Comisión de Fomento y Vivienda para que siga su tramitación.
El consejero de Fomento y Vivienda, Felipe López, ha presentado este proyecto de ley, aprobado por el Consejo de Gobierno en su reunión del pasado 11 de abril, que ha definido como "un paso más" en el marco de la política de la Junta para garantizar el derecho a la vivienda.
Ha defendido que esta ley es de "clara y nítida vocación social" y ha seguido "un proceso de redacción consensuado" en el que se ha escuchado a "una veintena de organismos e instituciones" y se ha mantenido un "diálogo constante" con el Observatorio de la Vivienda, sindicatos y empresarios, asociaciones de vecinos y plataformas, consumidores y usuarios.
El consejero ha subrayado que "el Gobierno andaluz tiene claro que debe dar una respuesta eficaz al derecho a la vivienda con todas las herramientas a su alcance y así lo hemos hecho a largo de los años más severos de la crisis económica".
Se ha referido así a la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias en la Contratación Hipotecaria sobre la Vivienda, al Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, al refuerzo del Sistema Andaluz de Información y Asesoramiento Integral en materia de Desahucios, a la Orden de ayudas a personas en especiales circunstancias de emergencia social incursas en procedimientos de desahucios o de ejecución hipotecaria, con la que se han atendido hasta la fecha a 364 familias, y a la Orden de ayuda al alquiler, dirigidas a personas en situación de especial vulnerabilidad y a personas con ingresos limitados, dotada con 16,3 millones.
"Asimismo, la Consejería de Fomento y Vivienda continúa explorando vías de colaboración con todos aquellos organismos que pueden colaborar y aportar en la lucha contra los desahucios", ha asegurado López, que ha recordado además que, según las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), durante 2016 se ejecutó en Andalucía el número más bajo de lanzamientos de los últimos tres años --un total de 9.998--, con un descenso interanual del 6,5 por ciento, por encima de la media estatal, situada en el 6,4 por ciento.
La Ley de Tanteo y Retracto, según ha explicado López, permitirá a la Junta de Andalucía ejercer el derecho de compra preferente de las viviendas --libres o privadas-- afectadas por un desahucio, que se incorporarán al parque público autonómico, facilitando la permanencia en su hogar de las familias afectadas por la pérdida de su vivienda mediante el pago de un alquiler social, aportando nuevas garantías a la ciudadanía en el ejercicio de sus derechos.
CONTENIDO DE LA LEY
Detallando el contenido de la ley, ha comentado que el adquiriente de la vivienda objeto de desahucio deberá comunicar obligatoriamente a la Junta la transmisión de esta, tras lo que la Consejería podrá ejercer en el plazo de 60 días naturales el derecho preferente de compra.
Ha resaltado que la norma va dirigida especialmente a los más vulnerables, por lo que se aplicará a las personas que el Plan de Vivienda considera Grupo de Especial Protección y que cuenten con un informe de los servicios sociales comunitarios que acrediten su situación de vulnerabilidad.
Las viviendas que adquirirá la administración deben reunir características técnicas propias de la vivienda protegida. En el caso de tanteo (o retracto) por daciones en pago, la administración abonará el valor del crédito a extinguir, es decir, en caso de una dación en pago se pagaría por la vivienda la cantidad a abonar del préstamo hipotecario para que las deudas queden canceladas.
Si se trata de ejercer el derecho de retracto por ejecuciones hipotecarias, proceso judicial que finaliza con la subasta del inmueble, se abonará el precio satisfecho por el adjudicatario del bien y los gastos soportados por este.
La norma también contempla la posibilidad de que los ayuntamientos que lo deseen puedan ejercer el derecho de tanteo y retracto, para lo que solo tienen que suscribir un acuerdo con la Consejería de Fomento y Vivienda.
López ha resaltado que otro de los aspectos que refuerza la ley son las garantías y derechos de los ciudadanos en el acceso a la VPO, de forma que pasa a considerarse falta muy grave que un promotor mantenga sin ocupación y sin causa justificada una VPO por un periodo superior a tres meses, así como que el promotor de la VPO no devuelva las cantidades a cuenta abonadas por los compradores cuando se produce una resolución del contrato, sin perjuicio de las acciones legales oportunas que quiera llevar a cabo el adquirente. La sanción en estos casos asciende a entre 30.001 y 120.000 euros.
Igualmente, se modifica el articulado para sancionar como falta grave el incumplimiento del adjudicatario de la ocupación de la vivienda como domicilio habitual y permanente en el plazo previsto --seis meses en caso de compra y tres meses en arrendamiento--, y la no presentación de la documentación requerida sobre la ocupación de la VPO.
PP-A: "LA LEY NO PUEDE EMPEZAR A APLICARSE HASTA MAYO DE 2020"
En el turno de los grupos, la diputada del PP-A Alicia Martínez ha subrayado que esta ley no puede "empezar a aplicarse hasta mayo de 2020", por lo que, con ella, desde el Gobierno andaluz "se superan en su política de palabras huecas y leyes vacías".
Tras apuntar que el consejero ha presentado "con poco entusiasmo" la ley, que viene "tarde", ha remarcado que Andalucía sigue siendo la comunidad autónoma "que más ejecuciones hipotecarias sufrió el año pasado". "De usted depende que las cifras ahora existentes sigan bajando", le ha advertido al consejero, para concluir aseverando que el PP "va a seguir aplicando" desde el Gobierno central "las medidas que los andaluces necesitan en defensa de sus viviendas".
Por su parte, el diputado de Podemos Juan Ignacio Moreno Yagüe ha apuntado que "el desarrollo legal es bastante complejo" en esta materia y las cifras que se manejan apuntan a que el número de viviendas que podría adquirir cada año la Junta sería muy reducido porque "el presupuesto es escaso". No obstante, ha considerado que la norma tiene "un fin loable", y se ha comprometido a aprovechar el trámite de enmiendas "para mejorarla".
También el parlamentario de Ciudadanos (Cs) Carlos Hernández ha avanzado que su grupo acoge este proyecto "con ganas de realizar propuestas constructivas" al mismo, pero ha apuntado que echan de menos "una verdadera evaluación de las políticas públicas en materia de vivienda". Y es que, según ha defendido, "no hay otro camino para hacer unas políticas útiles que hacer una evaluación de lo que ya se ha hecho y se está haciendo".
Por parte de IULV-CA, la diputada Inmaculada Nieto ha considerado que esta ley da "un paso más hacia ninguna parte", y en esa línea ha criticado que la Consejería de Vivienda "ha reculado de una manera bochornosa" en su política en relación a la que venía aplicando en la legislatura anterior, cuando estaba en manos de IULV-CA. Ha incidido también en que el proyecto actual "no le va a resolver el problema de emergencia habitacional a un número importante de familias".
En cambio, la parlamentaria del PSOE-A Beatriz Rubiño ha cerrado el debate defendiendo que se trata de un proyecto de ley de "marcado carácter social y socialista", que "nace con el máximo diálogo y consenso" y que "se verá enriquecido en el futuro con las aportaciones de los grupos parlamentarios" durante su tramitación. Además, ha reivindicado el derecho a una vivienda digna y las medidas de la Junta para garantizarlo.