La Ley de Senderos, la primera de Podemos que se aprueba en Andalucía, entra en vigor este sábado

Rodríguez, Moscoso y otros responsables de Podemos en el inicio de un sendero
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 12 mayo 2017 11:19

SEVILLA 12 May. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado este viernes la Ley de Regulación de los Senderos de Andalucía, la primera iniciativa legislativa de Podemos que se ha aprobado en esta comunidad autónoma, de manera que entrará en vigor este sábado.

La norma, que fue aprobada en el Parlamento gracias al apoyo del PSOE-A, Cs e IULV-CA, mientras que el PP-A se abstuvo, busca establecer el marco regulador a partir del cual se van a desarrollar las diferentes funciones sociales, económicas, culturales, educativas y deportivas de los senderos en Andalucía, garantizando que las mismas se realicen en un entorno seguro, sostenible y acorde con el mantenimiento y preservación del medio ambiente, así como una utilización racional de los recursos naturales, y compatibles con los diversos usos que se establezcan.

En virtud de la norma, recogida por Europa Press, los poderes públicos de Andalucía perseguirán, en base a las competencias que les sean propias, en las actuaciones que realicen en materia de senderos, de conformidad con la presente ley, su normativa de desarrollo y otras normas que resulten de aplicación, la consecución de objetivos como el fomento del conocimiento del medio natural y su uso y disfrute adecuado, así como la recuperación de patrimonio viario tradicional y la conservación de las antiguas vías de comunicación, además de otros elementos ambientales y culturales directamente vinculados a ellas.

También se persigue con esta ley propiciar la creación de una red de senderos de uso deportivo de Andalucía y su integración en las redes nacionales e internacionales, la ordenación de la actividad deportiva del senderismo desde la protección y conservación del medio natural, además de homogeneizar la señalización de todas las vías y caminos aptos para la práctica del senderismo deportivo.

En virtud de esta ley, se distinguen entre los usos principales de los senderos los de tipo medioambiental --en aquellos que tengan por objeto el acercamiento de los visitantes a los valores naturales y culturales de un espacio natural de una forma ordenada, segura y que garantice la conservación y difusión de tales valores por medio de la educación y la interpretación ambiental--; deportivo --entre aquellos senderos que sean señalizados, homologados y autorizados a los efectos de la práctica deportiva--, y turístico.

La regulación de los usos de los senderos de Andalucía se desarrollará reglamentariamente, estableciendo un procedimiento específico que contemple instrumentos tales como informes preceptivos de las consejerías correspondientes u otros organismos o entidades por razón de la materia, a fin de conciliar de forma ordenada los distintos usos que se puedan dar, todo ello de manera subordinada a la protección de los valores medioambientales del territorio.

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