El TC incluye en el orden del día de su próximo Pleno el recurso de Unidas Podemos contra la Ley andaluza del Suelo

Los diputados de Unidas Podemos en el Congreso Martina Velarde, Miguel Ángel Bustamante, Isabel Franco, Pedro Honrubia y Juan Antonio Delgado, tras interponer un recurso al TC contra la Ley del Suelo de Andalucía. (Foto de archivo).
Los diputados de Unidas Podemos en el Congreso Martina Velarde, Miguel Ángel Bustamante, Isabel Franco, Pedro Honrubia y Juan Antonio Delgado, tras interponer un recurso al TC contra la Ley del Suelo de Andalucía. (Foto de archivo). - UNIDAS PODEMOS
Publicado: martes, 15 marzo 2022 17:16

SEVILLA/MADRID 15 Mar. (EUROPA PRESS) -

El orden del día del Pleno del Tribunal Constitucional (TC) que se reunirá la próxima semana incluye entre los asuntos a tratar el recurso presentado por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Confederal de
Unidas Podemos y de otros grupos del Congreso de los Diputados --representantes de ERC, Más País, Compromís y Nueva Canarias-- contra la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (Lista).

En concreto, el orden del día del próximo Pleno del TC, convocado para el martes 22 de marzo y consultado por Europa Press, incluye en su apartado de dación de cuentas de providencias el citado recurso anunciado la semana pasada por Unidas Podemos contra la nueva Ley andaluza del Suelo, y designa a la magistrada Concepción Espejel como ponente de este asunto.

El Pleno del Parlamento andaluz aprobó la Lista el pasado 25 de noviembre con los votos a favor de PP-A, Ciudadanos (Cs) y Vox, la abstención del PSOE-A y el rechazo del grupo Unidas Podemos por Andalucía --que presentó dos enmiendas a la totalidad de este proyecto de ley-- y de los diputados no adscritos procedentes de Adelante Andalucía.

La secretaria general de Podemos Andalucía y diputada nacional de Unidas Podemos por la provincia de Córdoba, Martina Velarde, defendió la semana pasada la interposición de este recurso para frenar una ley con la que, según opinó, el Ejecutivo autonómico de PP-A y Cs pretende volver "a las épocas la especulación" y la "depredación medioambiental", así como "a la cultura del pelotazo" para "enriquecer a unos poquitos a costa de todos los andaluces", pensando en "ganar unos cuantos votos" de cara a las próximas elecciones.

POSIBLES "MOTIVOS DE INCONSTITUCIONALIDAD"

En concreto, entre los posibles "motivos de inconstitucionalidad" en los que se apoya Unidas Podemos para justificar este recurso señalan la decisión del Gobierno de PP-A y Cs de tramitar esta ley "por procedimiento de urgencia cuando constitucionalmente no está justificado hacerlo para tramitar una norma sobre urbanismo que no precisaba de aprobación urgente".

Así, en su recurso, consultado por Europa Press, el grupo confederal alude a una supuesta vulneración de los artículos 1.1 y 23.2 de la Constitución, 108 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y 98 y 99 en relación con los artículos 110 y concordantes del Reglamento del Parlamento de Andalucía, "por cuanto el texto del proyecto de ley se tramitó y aprobó por el procedimiento de urgencia, en lugar de por el procedimiento común, de tal manera que se afectó manera cierta e injustificada al ejercicio efectivo del derecho a la participación política de los poderes estatuidos, por la falta del presupuesto de hecho habilitante para optar por tal procedimiento excepcional".

En su recurso al TC, desde Unidas Podemos subrayan que la decisión de la tramitación por el procedimiento de urgencia a un proyecto de ley "exige la concurrencia efectiva de poderosos motivos y razones que justifiquen, y expliquen la necesidad de acudir a un procedimiento excepcional, frente a la tramitación ordinaria del proyecto normativo".

"Dada la entidad e importancia que para la articulación y ordenación territorial de una región tienen nada menos que su legislación urbanística, que el inicio de la tramitación de lo que finalmente sería el anteproyecto de ley de la Lista tuvo lugar casi un año antes de que estallara la pandemia y la crisis económica causada por el Covid-19 y el carácter netamente estructural de las determinaciones de la norma adoptada, resulta patente que no se ha justificado objetivamente el empleo del trámite de urgencia en detrimento del trámite ordinario", sostienen desde Unidas Podemos.

Además, el grupo de la confluencia de Podemos e IU considera "evidente que la reducción del tiempo para la formulación de enmiendas y aportaciones al proyecto de ley tuvo el doble efecto de dificultar el normal desempeño de la función parlamentaria" de los diputados autonómicos, y "de empeorar la calidad del texto resultante de un debate parlamentario que no pudo enriquecer con las plurales aportaciones y su adecuado debate la ley finalmente aprobada".

SUPUESTA VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO DE AUTONOMÍA LOCAL

Por otro lado, otros supuestos motivos de "inconstitucionalidad" en los que se apoya Unidas Podemos para recurrir esta ley de la Junta al TC tiene que ver con la presunta vulneración del principio de autonomía local que reconoce la Constitución, en tanto que, en opinión de este grupo, la norma "interfiere en los intereses de los municipios que les son propios impactando de forma directa en el medio ambiente y en la búsqueda de un desarrollo sostenible".

Desde Unidas Podemos argumentan al respecto que la ley andaluza considera usos ordinarios en suelo rústico las actividades mineras y los "megaproyectos" de energías renovables, "lo que lleva a considerar un mega-parque eólico o fotovoltaico en la misma categoría que un cultivo de hortalizas".

Por tanto, según este grupo, "desaparece de futuro la actual protección del suelo no urbanizable especialmente protegido; espacios que conviene preservar por su destacado valor cultural, ecológico, medioambiental, de biodiversidad o paisajístico".

De esta manera, el recurso de inconstitucionalidad presentado por Unidas Podemos concluye pidiendo al TC que "dicte sentencia declarando su inconstitucionalidad y consecuente nulidad" de la Lista y, en el caso de que el tribunal no estime esa petición, que al menos "declare la inconstitucionalidad y nulidad" de los artículos 19.1 a); 21.1 y 2.b); 22.1 y 2; 50; 53; 137.2 f; 151.1 y 153.1 f; la Disposición adicional cuarta y la Disposición Derogatoria 2 f.