TORREDELCAMPO (JAÉN), 27 (EUROPA PRESS)
El Ayuntamiento de Torredelcampo (Jaén) ha regulado el uso de pirotecnia en el municipio. Establece la necesidad de autorización previa y un máximo de diez cohetes al día, en dos en tramos horarios fijos, entre otras cuestiones.
Así se recoge en la modificación de la ordenanza reguladora de la seguridad y convivencia ciudadana, que se ha cambiado para incluir precisamente una regulación propia para estos elementos, y cuya aprobación definitiva se ha publicado esta semana en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Un visto bueno que se produce después de que no se hayan presentado reclamaciones ni alegaciones a la propuesta aprobada inicialmente por unanimidad del pleno municipal el pasado 30 de julio y que, en concreto, supone modificar el artículo 19.
La norma "tiene por objeto y finalidad la regulación del lanzamiento y o encendido de artículos pirotécnicos en el municipio de Torredelcampo con motivo de celebraciones festivas o de espectáculos, ya sean públicos o privados", según el expone el texto, consultado por Europa Press.
A partir de ahora, queda prohibido, sin autorización, encender o mantener fuego, portar mechas encendidas y el uso de petardos, cohetes, bengalas u otros artículos pirotécnicos en los espacios de uso público.
Con ocasión de festividades, ferias o eventos concretos, el Ayuntamiento podrá dictar una autorización general donde se fijarán las condiciones a las que habrán de sujetarse los horarios y actuaciones que se autoricen.
Y es que, en virtud de esta ordenanza, "toda entidad, colectivo, asociación o persona deberá presentar solicitud de autorización" en el Consistorio. Una vez recibida, éste aprobará el uso de pirotecnia y fuegos de artificio en base a diversos criterios.
En primer lugar, se autorizará en las fiestas locales, tradicionales y otros eventos, que serán San José, la Romería de Santa Ana y Virgen Niña, San Isidro, Virgen del Carmen, San Juan, la Feria de Santa Ana y Virgen Niña, Virgen de la Cabeza y San Miguel. Junto a ello, se otorgará permiso en las salidas procesionales en las que tradicionalmente se realicen tirada de cohetes.
En todo caso, los disparos de cohetes serán máximo cinco, en cada tramo, concentrados en una hora y a elegir en horario de mañana en el tramo de 11,00 a 13,00 y en el de tarde, de 18,00 a 21,00. "No podrá superarse el máximo de diez disparos de cohetes al día" y "los disparos de cohetes solo podrán realizarse los días de celebración de la festividad o salida procesional".
ANTELACIÓN
Toda entidad, colectivo, asociación o persona deberá tener autorización previa tramitada en el Ayuntamiento, que tiene que presentarse "con una antelación de 20 días hábiles".
En ella ha de especificarse la persona física o entidad que lo solicita, nombre del representante legal de la entidad y de la persona o personas mayores de edad encargadas de tirar los cohetes, motivo por el que se pide, así como lugar, hora y fecha previstas para el lanzamiento. Además, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI del representante y el encargado de lanzarlos y seguro de responsabilidad civil.
Será la entidad organizadora "la responsable de comunicar a la ciudadanía, por cuantos medios estén a su alcance, la fecha y el horario previsto para el lanzamiento", según la ordenanza, en la que también se alude al régimen sancionador recogido en el Título X del Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, aprobado por Real Decreto 989/2015 de 30 de octubre en caso de incumplimiento.