SEVILLA 20 Dic. (EUROPA PRESS) -
La consejera del Departamento segundo de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas ha dictado dos sentencias sobre las ayudas sociolaborales a la prejubilación concedidas por la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía entre 2001 y 2010.
Una de ellas aborda las ayudas sociolaborales relacionadas con la extinta empresa sevillana Calderinox; toda vez que el pasado mes de octubre, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla aplazaba a 2026 el juicio que tenía previsto iniciar entonces, sobre la pieza de la macrocausa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos financiados por la Junta de Andalucía y las ayudas arbitrarias y sin publicidad, correspondiente a las subvenciones autonómicas concedidas desde 2008 a Calderinox.
Las resoluciones iniciales de concesión de tales fondos fueron firmada por los que fueran directores generales de Trabajo de la Junta Francisco Javier Guerrero (de 1999 a 2008) y Juan Márquez (2009-2010), ambos ya condenados a cárcel por malversación en la sentencia del procedimiento específico de financiación de los ERE y las ayudas arbitrarias y el primero de ellos fallecido en octubre de 2020 víctima de una neumonía; y finalmente Daniel Alberto Rivera, quien ostentó el cargo a partir de 2010.
La sentencia del Tribunal de Cuentas declara la existencia de un alcance causado al patrimonio público de la Junta de Andalucía, por un importe total de 71.945,78 euros, como consecuencia del pago de la prima de un contrato de seguro de rentas de prejubilación, realizado con fondos públicos, a efectos de garantizar la percepción de dichas rentas por dos beneficiarios irregulares o "intrusos", esto es, por dos personas que no formaban parte del colectivo de extrabajadores de Calderinox.
Entre los "intrusos" del ERE de Calderinox, recordémoslo, figuraba el exdelegado de Trabajo y Seguridad Social de la Junta en Sevilla Juan Rodríguez Cordobés, quien entonces había sido cesado como director del Consorcio de la Escuela de Artesanos de Gelves.
En la resolución se condena como responsable contable directo de dicho alcance a la persona que desempeñaba el puesto de director general de trabajo de la Junta de Andalucía durante el período al que se refieren los hechos enjuiciados.
La segunda sentencia aborda las ayudas sociolaborales concedidas por la Junta de Andalucía respecto al ERE de la empresa gaditana González Byass.
Ante el procedimiento de reintegro por alcance promovido al respecto, la resolución del Tribunal de Cuentas desestima la demanda de la Junta de Andalucía al haber resultado acreditado que, en este caso concreto, no se financió con fondos públicos el pago de la prima del contrato de seguro de rentas de ningún "intruso". Las dos sentencias son recurribles en segunda instancia ante la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas.