SEVILLA 15 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido una sentencia en la que resuelve "no haber lugar al recurso de apelación interpuesto por el Servicio Andaluz de Sald (SAS) contra la sentencia dictada el 29 de diciembre de 2015 por el Juzgado de los Contencioso Administrativo Número 13 de Sevilla".
Según el fallo, emitido el pasado 7 de noviembre y consultado por Europa Press, la sentencia impugnada "estima el recurso interpuesto contra la desestimación presunta de solicitud de pago de factura 1140002987 correspondiente a servicios prestados en el mes de mayo de 2014 en los Hospitales San Rafael, de Cádiz; Blanca Paloma, de Huelva y FAC Dr. Pascual, de Málaga; así como en los Hospitales Santa María del Puerto, del Puerto de Santa María; Virgen de las Montañas, de Villamartín y Virgen del Camino, de Sanlúcar de Barrameda, por importe de 14.811.198,50 euros".
La sentencia recoge que el recurso de apelación del SAS "se fundamenta en que la parte no puede fijar un precio arbitrario sin aquiescencia de la Administración. Que la sentencia de la Sala ha sido recurrida en casación y por tanto no es firme. Que aceptó posteriores prórrogas y que en caso de nulidad procedería la restitución con el abono del precio inicial, entendiendo que la indemnización correcta sería el precio de los servicios prestados según las tarifas objetivas y pactadas, siendo esta la consignada".
Además, "reitera que con posterioridad ha ido prorrogando el concierto de mutuo acuerdo actuando contra sus propios actos. No ha facilitado el proceso de abono, al incorporar en una sola factura el importe de servicios de dos contratos, razón por la que se procedió a devolver la factura con dicha indicación, dicho modo de proceder impidió el pago".
De este modo, la sentencia del TSJA apunta que "es cierto que los precios han sido fijado por la parte actora de forma unilateral, pero los mismos fueron notificados a la Administración que los conocía, e igualmente se indican el número de los servicios prestados y su importe, sin que la Administración haya efectuado prueba alguna en contrario que acredite que los precios son excesivos o no reales, ni la que los servicios reclamados no se hayan prestado, limitándose a imponer unos precios de una relación contractual inexistente y no consentida por la parte, que la recurrió obteniendo sentencias favorables a sus pretensiones y cuyas modificaciones a la baja han sido anulados por sentencias judiciales.
Así, "ante la falta de prueba de la incorrección de los precios propuestos por la apelada deben entenderse como correctos", señala en su sentencia el Alto Tribunal, que añade que el "hecho de que se presentara una única factura para todos los servicios prestados en el mes de mayo, no implica irregularidad alguna por parte de la apelada, mas si tenemos en cuenta que los servicios cuyo pago se reclaman no se encontraban amparados por contrato alguno".
Por lo expuesto, señala la sentencia, "el recurso debe ser desestimado", e indica que "procede imponer las costas al recurrente, sin que el límite máximo de aquéllas pueda exceder de la suma de 600 euros, considerando complejidad y alcance del asunto planteado".
LOS TRABAJADORES RETOMAN LAS MOVILIZACIONES
Por otra parte, hay que recordar que los trabajadores de los hospitales de la empresa JM Pascual iniciarán nuevas protestas este jueves 17 de noviembre, día en que volverán a concentrarse a las puertas del Servicio Andaluz de Salud (SAS) en Sevilla, mientras que el lunes 21 habrá una gran manifestación en Cádiz, y el jueves 24 se celebrará una concentración frente al Parlamento y entrega de los cientos de miles de firmas de los ciudadanos "en apoyo del mantenimiento de nuestros centros, de un San Rafael completo y que vuelvan los pacientes a los hospitales".
Según un comunicado, los trabajadores han incidido en que "este conflicto no lo han provocado ni la empresa JM Pascual ni por supuesto ellos", y que en el mismo "los únicos perjudicados son los trabajadores que han perdido su empleo y los usuarios, que ha llevado a más de mil trabajadores a la calle y que tienen en la situación más angustiosa a los casi 2.000 que forman la plantilla actual". "Ayer se volvieron a tomar medidas de ahorro y son muchos los compañeros que han dejado de trabajar", añade.
Además, y entre las razones por las que el colectivo "no considera aceptable" las condiciones de las que han sido informados tanto por parte de la empresa como por parte del sindicato, señalan que la la actividad que se propone para los tres centros que no tienen puerta de urgencias, el Hospital San Rafael de Cádiz, Blanca Paloma de Huelva y FAC Dr. Pascual de Málaga, "es totalmente insuficiente para que se garantice con ella la viabilidad de estos centros y el mantenimiento de las plantillas".
"Tampoco entendemos porque se hace una oferta para los tres hospitales con puerta de urgencias, Santa María del Puerto, Virgen del Camino y Virgen de las Montañas, a un precio sensiblemente inferior al aprobado por el Consejo de Gobierno", manifiestan, toda vez que apuntan que "la situación de más de un año de impago de los servicios prestados está llevando a que se estén poniendo en serio riesgo el pago de las nóminas de los trabajadores", toda vez que exigen que "se abonen inmediatamente las cantidades pendientes" y que "se deje de ejercer presión" porque "no podemos estar cada mes con la angustia de no saber si este es el último que vamos a cobrar", afirman.