El TSJA "refuerza" el derecho a la igualdad con indemnizaciones en dos casos de complemento por maternidad

Archivo - Dos personas sentadas en un banco, en una imagen de archivo.
Archivo - Dos personas sentadas en un banco, en una imagen de archivo. - Eduardo Briones - Europa Press - Archivo
Publicado: martes, 19 noviembre 2024 10:57

SEVILLA 19 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Sevilla, ha dictado recientemente dos sentencias que "refuerzan" el derecho a la igualdad de los pensionistas.

Según refiere en una nota el despacho de abogados (Unive Abogados) que ha llevado ambos casos, ambas resoluciones reconocen el derecho de los varones a percibir el complemento por maternidad en sus pensiones, al tiempo que condenan al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) al pago de indemnizaciones por discriminación.

En el primero de los casos, el pensionista, padre de tres hijos, había solicitado el complemento por maternidad desde el inicio de los efectos de su pensión, en febrero de 2016, así como una indemnización de 1.800 euros por daños y perjuicios. Tras un proceso judicial inicial, el INSS reconoció extrajudicialmente el complemento, pero el juzgado de primera instancia redujo la indemnización a 600 euros. El afectado, con la representación del citado despacho, decidió recurrir esta decisión.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dio la razón al pensionista y elevó la indemnización a los 1.800 euros reclamados, considerando que esta es la cuantía adecuada para reparar el daño sufrido, conforme a la doctrina del Tribunal Supremo y las directrices del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Además, el pensionista recuperó 23.963,93 euros en atrasos acumulados, alcanzando una cuantía total de 25.763,93 euros, y logrará un incremento vitalicio de su pensión del 10%, según explica Unive Abogados.

El segundo caso "guarda similitudes", aunque los hechos tienen lugar en una etapa posterior, con los efectos económicos de la pensión iniciados en mayo de 2018. Aquí también el INSS reconoció el complemento por maternidad extrajudicialmente, pero de nuevo la indemnización inicial fue limitada a 600 euros. Tras recurrir, el TSJ de Andalucía corrigió esta decisión, estableciendo la indemnización en 1.800 euros, "siguiendo la misma línea jurisprudencial", argumenta la defensa. En este caso, el pensionista recuperó 14.889,09 euros en atrasos, recibiendo finalmente un total de 16.689,09 euros, además de un incremento vitalicio del 10% en su pensión.

La directora de Unive Abogados Sevilla, Carmen Ortega, ha celebrado estas sentencias como un paso adelante en la lucha por los derechos de los pensionistas: "Estas decisiones no solo reconocen el perjuicio económico, sino también el daño moral derivado de la discriminación sufrida. Son un claro recordatorio de que el derecho a la igualdad debe prevalecer. Animamos a todos aquellos que se encuentren en situaciones similares a que actúen, porque es posible obtener justicia".

Desde este despacho, señalan que las resoluciones del TSJ de Andalucía subrayan la importancia de actuar frente a las denegaciones discriminatorias del complemento por maternidad. Las indemnizaciones y las cuantías totales recuperadas en ambos casos "evidencian que las reclamaciones no solo son justas, sino también necesarias para restablecer derechos vulnerados".

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