JAÉN 29 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Universidad de Jaén (UJA) cuenta con un 'Protocolo para la prevención y protección frente al acoso sexual y acoso sexista' con el que se dotó de "un procedimiento eficaz, ágil y confidencial" para "la prevención y la solución rápida" en caso de darse estas situaciones, que incluye, entre otras cosas, una comisión para intervenir en estos casos.
Se puso en marcha a finales del año 2013, según han explicado fuentes de la institución académica consultadas por Europa Press tras la repercusión que ha tenido el caso del catedrático de la Universidad de Sevilla Santiago Romero, que ha sido condenado a siete años de prisión como consecuencia de los abusos sexuales y lesiones cometidos contra dos profesores y una becaria de investigación de la Facultad de Educación.
Desde su creación "se han atendido casos de acoso (en la Unidad de Igualdad de la UJA), pero no se ha tenido que activar la comisión en ningún momento", han precisado las referidas fuentes en alusión a este órgano que el propio protocolo contempla para actuar.
De este modo, se han podido articular medidas "disuasorias" y "después se realiza un seguimiento", según han apuntado desde la UJA, añadiendo que también existen casos de personas que han optado por acudir a la policía o la justicia.
En este sentido, desde la Universidad han hecho hincapié en la importancia de dar a conocer entre la propia comunidad universitaria la existencia de este protocolo contra el acoso sexual, ya que es un instrumento que puede ser de utilidad para quienes puedan sufrir este tipo de situaciones.
En este documento, consultado por Europa Press, la UJA reafirma "su compromiso con los más altos valores de convivencia de un orden civilizado, declara que rechaza con toda energía cualquier forma y modalidad de acoso laboral" y para dotarse de recursos y procedimiento para detectar precozmente y erradicar, en su caso, estas conductas, adoptando las medidas correctoras y de protección a las personas afectadas que resulten convenientes en cada caso.
Para ello establece la creación de la citada comisión, que tiene entre sus funciones intervenir para analizar la situación planteada en la denuncia; mediar entre ambas partes si estuvieran de acuerdo para solucionar la situación de conflicto y elaborar un informe motivado que cierre el procedimiento.
FASES
Éste se inicia con una reclamación o denuncia individual de cualquier persona que forme parte de la comunidad universitaria dirigida a la Unidad de Igualdad de la UJA, aunque cabe también por una tercera persona o de oficio. Seguidamente, se abre una primera fase de indagación para ver qué tipo de situación es y si se puede llegar a una solución mediante acuerdo, si existe alguna forma de mediación o se resuelve con la sola intervención del órgano responsable.
Así, la persona responsable de la Unidad de Igualdad realiza un primer análisis con el fin de decidir en el plazo de cinco días si no se continúa la tramitación, la intervención de personal técnico en mediación para resolver el conflicto de una manera ágil y dialogada o tramitar el caso según lo previsto en este protocolo.
Si esta fase no do resultado o no admite estas soluciones iniciales, se pone en marcha la fase formal. Para ello se solicitará en el plazo de cinco días la convocatoria de la comisión establecida para la investigación del caso, cuyo resultado se plasmará en un informe detallado con las propuestas de solución y se remitirá al rector y las partes implicadas.
El plazo de resolución no será superior a 30 días. Sólo por circunstancias suficientemente justificadas podrá prorrogarse por el periodo más breve posible y nunca más de 30 días, por lo que en total, el plazo de resolución no podrá exceder los 60 días.
Además, durante el procedimiento, que se realiza con la más estricta confidencialidad para respetar el derecho a la intimidad de todas las personas implicadas, "podrá plantearse la adopción de medidas cautelares de protección cuando las circunstancias del caso así lo aconsejen y la organización del trabajo lo permita".
En todo caso, la utilización de este mecanismo no impide a que la víctima, en cualquier momento, pueda acudir a la vía jurisdiccional. En este caso, "de tenerse conocimiento de la existencia de cualquier proceso judicial sobre el mismo asunto o de cualquier otro procedimiento administrativo, se suspenderá la aplicación" del protocolo.