MADRID/SEVILLA, 9 Mar. (EUROPA PRESS) -
El grupo parlamentario confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem Galicia en Común ha presentado este miércoles un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 7/2021, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (Lista), que el Pleno del Parlamento andaluz aprobó el pasado 25 de noviembre con los votos a favor de PP-A, Ciudadanos (Cs) y Vox, la abstención del PSOE-A y el rechazo del grupo Unidas Podemos por Andalucía y de los diputados no adscritos procedentes de Adelante Andalucía.
Una representación de diputados andaluces de Unidas Podemos ha convocado este miércoles en Madrid una atención a medios ante el Congreso de los Diputados para informar de la interposición de este recurso que se ha presentado en colaboración con Ecologistas en Acción, la plataforma Aliente y de los diputados de ERC, Más País, Compromís y Nueva Canarias.
Paralelamente, a preguntas de los periodistas en una rueda de prensa en el Parlamento andaluz, la portavoz de Unidas Podemos por Andalucía, Inmaculada Nieto, ha explicado que este recurso viene "impulsado" desde dicho grupo parlamentario, que, según ha recordado, durante su tramitación en la Cámara andaluza presentó dos enmiendas a la totalidad de este proyecto de ley, al que votó en contra.
No obstante, y dado que "la legitimación para presentar recursos al Tribunal Constitucional excede las posibilidades de una cámara autonómica", han sido los "compañeros en el Congreso" de Unidas Podemos, "en coordinación con el trabajo que habíamos hecho nosotros, quienes han puesto en pie el recurso y han recabado los apoyos necesarios para cumplir la ley y poder presentar" el mismo, según ha abundado Inmaculada Nieto, quien ha puesto de relieve que el texto de dicha ley "tiene algunas fallas a las que debiera echar un pensamiento" el TC.
POSIBLES "MOTIVOS DE INCONSTITUCIONALIDAD"
En concreto, entre los posibles "motivos de inconstitucionalidad" en los que se apoya Unidas Podemos para justificar este recurso señalan la decisión del Gobierno de PP-A y Cs de tramitar esta ley "por procedimiento de urgencia cuando constitucionalmente no está justificado hacerlo para tramitar una norma sobre urbanismo que no precisaba de aprobación urgente".
Así, en su recurso, consultado por Europa Press, el grupo confederal alude a una supuesta vulneración de los artículos 1.1 y 23.2 de la Constitución, 108 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y 98 y 99 en relación con los artículos 110 y concordantes del Reglamento del Parlamento de Andalucía, "por cuanto el texto del proyecto de ley se tramitó y aprobó por el procedimiento de urgencia, en lugar de por el procedimiento común, de tal manera que se afectó manera cierta e injustificada al ejercicio efectivo del derecho a la participación política de los poderes estatuidos, por la falta del presupuesto de hecho habilitante para optar por tal procedimiento excepcional".
En su recurso al TC, desde Unidas Podemos subrayan que la decisión de la tramitación por el procedimiento de urgencia a un proyecto de ley "exige la concurrencia efectiva de poderosos motivos y razones que justifiquen, y expliquen la necesidad de acudir a un procedimiento excepcional, frente a la tramitación ordinaria del proyecto normativo".
"Dada la entidad e importancia que para la articulación y ordenación territorial de una región tienen nada menos que su legislación urbanística, que el inicio de la tramitación de lo que finalmente sería el anteproyecto de ley de la Lista tuvo lugar casi un año antes de que estallara la pandemia y la crisis económica causada por el Covid-19 y el carácter netamente estructural de las determinaciones de la norma adoptada, resulta patente que no se ha justificado objetivamente el empleo del trámite de urgencia en detrimento del trámite ordinario", sostienen desde Unidas Podemos.
Además, el grupo de la confluencia de Podemos e IU considera "evidente que la reducción del tiempo para la formulación de enmiendas y aportaciones al proyecto de ley tuvo el doble efecto de dificultar el normal desempeño de la función parlamentaria" de los diputados autonómicos, y "de empeorar la calidad del texto resultante de un debate parlamentario que no pudo enriquecer con las plurales aportaciones y su adecuado debate la ley finalmente aprobada".
SUPUESTA VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO DE AUTONOMÍA LOCAL
Por otro lado, otros supuestos motivos de "inconstitucionalidad" en los que se apoya Unidas Podemos para recurrir esta ley de la Junta al TC tiene que ver con la presunta vulneración del principio de autonomía local que reconoce la Constitución, en tanto que, en opinión de este grupo, la norma "interfiere en los intereses de los municipios que les son propios impactando de forma directa en el medio ambiente y en la búsqueda de un desarrollo sostenible".
Desde Unidas Podemos argumentan al respecto que la ley andaluza considera usos ordinarios en suelo rústico las actividades mineras y los "megaproyectos" de energías renovables, "lo que lleva a considerar un mega-parque eólico o fotovoltaico en la misma categoría que un cultivo de hortalizas".
Por tanto, según este grupo, "desaparece de futuro la actual protección del suelo no urbanizable especialmente protegido; espacios que conviene preservar por su destacado valor cultural, ecológico, medioambiental, de biodiversidad o paisajístico".
De esta manera, el recurso de inconstitucionalidad presentado por Unidas Podemos concluye pidiendo al TC que "dicte sentencia declarando su inconstitucionalidad y consecuente nulidad" de la Lista y, en el caso de que el tribunal no estime esa petición, que al menos "declare la inconstitucionalidad y nulidad" de los artículos 19.1 a); 21.1 y 2.b); 22.1 y 2; 50; 53; 137.2 f; 151.1 y 153.1 f; la Disposición adicional cuarta y la Disposición Derogatoria 2 f.