Universidades amplían las medidas por el coronavirus y permiten a los PDI y PI acceder a centros de forma "excepcional"

Fachada de la  Facultad de Derecho de Sevilla
Fachada de la Facultad de Derecho de Sevilla - Eduardo Briones - Europa Press
Publicado: lunes, 16 marzo 2020 15:49

SEVILLA 16 Mar. (EUROPA PRESS) -

Los rectores de las universidades públicas de Andalucía han acordado un conjunto de directrices generales y de carácter temporal para garantizar la protección de la salud del personal universitario, al tiempo que dar continuidad a los servicios administrativos imprescindibles, durante el tiempo que permanezca el estado de alarma por el coronavirus (Covid-19), de entre las que destacan que todo el personal docente investigador (PDI) e investigador (PI) continuará con su actividad de forma no presencial, pero, cuando ello no sea posible y "con carácter excepcional", podrá acceder
a las instalaciones universitarias.

Las medidas la han acordado este domingo 15, según señalan las universidades en un comunicado conjunto, y durante los próximos 14 días, periodo que podrá ser prorrogado de conformidad con las medidas que se vayan adoptando por el Gobierno de España o por la Junta de Andalucía, todos sus centros, servicios y unidades permanecerán cerrados al público y se procurará minimizar "todo lo posible" la presencia de la comunidad universitaria en las instalaciones.

El objetivo de estas medidas es mantener, "de la mejor forma posible", la actividad universitaria bajo los principios de lealtad institucional al Gobierno de la Nación y al de Andalucía, y garantizar la preservación de la salud de la comunidad universitaria y la colaboración en la contención colectiva del contagio.

Así pues, además de mantener la suspensión de todas las actividades docentes presenciales hasta el 30 de marzo, de todos los cursos y actividades programadas, actividades culturales, asociadas a prácticas curriculares y extracurriculares dentro de las instalaciones universitarias --las que se lleven a cabo fuera se podrán mantener en función de la entidad externa y siempre que se puedan desarrollar por medios telemáticos--, mantener la suspensión de las salidas de campo, de la expedición de comisiones de servicio y desplazamientos fuera de las universidades por motivos laborales, el cierre de bibliotecas, salas de estudio e instalaciones deportivas, se va a proceder a cerrar comedores, cafeterías y servicios de copistería.

Respecto a esto último, en el caso de los servicios de residencias universitarias y colegios mayores, donde continúen alojados estudiantes, estos solo prestarán su servicio a los mismos y con total respeto a las medidas preventivas en materia de salud.

Sobre los PDI y PI, todos continuarán con su actividad docente y de gestión de manera no presencial, y con su actividad investigadora también de forma no presencial preferentemente. Cuando ello no sea posible y con carácter excepcional, el PDI y PI podrá acceder a las instalaciones universitarias, siempre de forma voluntaria, y siguiendo las pautas higiénicas y sanitarias marcadas por las autoridades para evitar el contagio y la propagación del Covid-19. En estos casos, el acceso a las instalaciones deberá realizarse acreditando la pertenencia a la Universidad o mediante las tarjetas universitarias.

Además, la actividad docente no presencial se realizará a través de las distintas plataformas y medios autorizados por las universidades, se mantendrán las tutorías, que se realizarán de forma virtual y aquellas actividades necesarias para la programación del curso próximo, así como cualesquiera otras que se consideren imprescindibles para el correcto funcionamiento de la institución, se realizarán mediante reuniones virtuales.

MEDIDAS PARA LOS ALUMNOS Y PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN

A los alumnos les piden que presten atención a cuántas comunicaciones informativas y orientativas se les hagan llegar por parte del equipo de gobierno, el personal de administración y servicios y el personal docente e investigador, con especial atención a los mensajes de las webs oficiales y el correo electrónico corporativo.

Por último, el personal de administración y servicios desarrollará su actividad mediante medios telemáticos, conforme a los requisitos y condiciones que se establecerán por las gerencias y siempre atendiendo a las tareas que sean asignadas por los responsables de los servicios, y los supuestos extraordinarios y justificados en los que no sea posible la realización de la jornada mediante medios telemáticos y en los que no sea necesaria la asistencia presencial de los empleados tendrán la consideración de ausencia justificada, sin que comporten la pérdida de derechos.

La gerencia de cada Universidad determinará y comunicará, en un plazo breve, la planificación de los servicios mínimos que será necesario prestar de forma presencial, incluidos los correspondientes a las contratas externas. En el caso de prestación de servicios presenciales, se velará, en todo caso, por favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar y garantizar la seguridad sanitaria en los espacios de trabajo. En la determinación de la persona o personas que deban trabajar presencialmente, se dará prioridad al personal que se ofrezca voluntario. En caso de que no se contase, por esta vía, con los efectivos necesarios para cumplir con los programas de trabajo, se aplicarán los criterios que las Gerencias determinen al efecto.

Las Universidades añaden respecto al personal de administración y servicios que tanto en la actividad desarrollada de forma presencial como a través de medios telemáticos, de forma temporal y durante el periodo en que se mantenga esta situación excepcional se podrán reasignar tareas por las jefaturas de servicio, responsables de unidades o equipos de trabajo, en atención a las circunstancias que concurran. "Todo el personal deberá estar en situación de disponibilidad y consultar con regularidad diaria la información que la Universidad pueda enviar a través de los medios establecidos al efecto", concluyen.

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