SEVILLA, 22 (EUROPA PRESS)
El abogado defensor de los cinco condenados del grupo de WhatsApp 'La Manada', Agustín Martínez Becerra, ha manifestado este sábado que, una vez lea la sentencia del Tribunal Supremo (TS), que eleva las condenas a 15 años de prisión por un delito continuado de violación a sus defendidos, valorará con sus clientes plantear un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC).
"Vamos a ser prudentes, primero vamos a leer la sentencia, ver los argumentos que se exponen por el TS y a partir de ahí valorar si se plantea un recurso ante el TC o no", ha declarado a los medios en el centro penitenciario Sevilla I, antes de criticar lo que "muchos políticos" han hecho a lo largo de todo este proceso, "comentar los fallos sin leer la sentencia".
Martínez se ha posicionado de esta forma después de que el TS haya revocado este viernes la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) y elevado las condenas para los cinco acusados a 15 años de prisión por un delito continuado de violación, admitiendo así los recursos de la Fiscalía, la víctima y las acusaciones populares que ejercen el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra.
Preguntado por el traslado de los presos a otras cárceles, el abogado ha afirmado no saberlo, ya que no ha podido visitar a los presos en la mañana de este sábado ni hablar con ellos.
En este sentido, ha apuntado que los verá este lunes y que ellos podrían permanecer en Sevilla I, de forma que si los quieren trasladar a otros centros, "siempre van a estar en las zonas más cerca de su familia", basándose en que "así lo prescribe la Ley General Penitenciaria, salvo que para este caso haya alguna excepción más".
Esta cárcel fue la elegida este viernes por ser la más cercana a los domicilios de los condenados, José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero, Ángel Boza y Alfonso Jesús Cabezuelo.
Así pues, está por ver donde cumplen condena, teniendo en cuenta además la condición de militar de Cabezuelo y de guardia civil de Guerrero.
Martínez ha subrayado, una vez más, que la normalidad en el proceso "brilla por su ausencia", al considerar que "no es normal que detengan sin haberte comunicado la sentencia" y "que no den un plazo mínimo para incorporarse a prisión voluntariamente".
En esta línea, ha censurado el hecho de que algunos medios de comunicación, sin concretar cuáles, dijeran que dos de ellos "estaban intentando fugarse de la ciudad", lo que "crea una sensación de que lo mejor que han hecho es detenerlos de esta manera, cuando ellos estaban en sus casas", añadió.
LA SENTENCIA "NADA INFLUYE" EN LO QUE SE DECIDA EN POZOBLANCO.
Martínez ha sido preguntado por la influencia que tenga esta sentencia en lo que se decida en la causa que mantienen abierta cuatro de los cinco condenados de 'La Manada' en el Juzgado de Pozoblanco (Córdoba) y ha afirmado que "nada influye una cosa con la otra" y que todos los procedimientos judiciales llevan cada uno su curso, de manera que "no tiene nada que ver" con lo que se decida en la localidad cordobesa.
Así, ha deplorado el razonamiento de que, "como les han condenado en Pamplona, ya los tienen que condenar en Pozoblanco". "No me parecería un argumento que vayan a utilizar la Fiscalía ni las acusaciones particulares, por lo tanto creo que tampoco lo debería hacer la opinión pública", ha incidido.
En esta línea, ha criticado la existencia de una petición en Internet de inhabilitación a los magistrados del TSJN, algo que le parece "absolutamente alucinante", por lo que ha llamado a "reflexionar qué país nos está quedando y las cabezas de la gente como funcionan". "Quiero ser lo más moderado posible, mantener la calma, pero que todo el mundo mantenga la calma sería bastante interesante", ha remarcado.
En la causa de Pozoblanco, la Fiscalía pide para los cuatro miembros de 'La Manada' implicados, concretamente Cabezuelo, Guerrero, Escudero y Prenda, penas de tres años de prisión por un delito de abusos sexuales hacia una joven en el interior de un vehículo, cuatro años más por otro delito contra la intimidad y para uno de ellos, el último conductor, una multa de 720 euros por causar lesiones leves, en estos hechos que ocurrieron en la noche del 1 de mayo, poco antes del caso de los Sanfermines de 2016.
LA DECISIÓN DEL SUPREMO.
Aunque todavía no ha redactado la sentencia, el Alto Tribunal, integrado por Andrés Martínez Arrieta, Ana Ferrer, Susana Polo, Vicente Magro y Andrés Palomo, considera en su fallo del viernes los hechos como una agresión sexual y no un abuso, --el delito inicialmente apreciado tanto por la Audiencia Provincial de Navarra como por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN)--, elevando así de nueve a 15 años de cárcel la condena impuesta a los cinco encausados.
A uno de los miembros de La Manada, el guardia civil, el tribunal le condena a dos años más de cárcel, un total de 17, como responsable del delito de robo con intimidación del teléfono móvil de la joven madrileña víctima de los hechos. Asimismo, la Sala incrementa el importe de la responsabilidad civil a la que tiene derecho la víctima a la cantidad de 100.000 euros.
Además, se inhabilita a los cinco durante el tiempo de la condena, se les prohíbe acercarse a menos de 500 metros al domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro que frecuente la víctima durante 20 años, y se les impone ocho años de libertad vigilada una vez cumplida la pena.
El fallo, que se ha adoptado por unanimidad, ha sido anunciado tras una deliberación de más de dos horas, que ha comenzado justo después de que concluyera la vista pública en la que los cinco magistrados de la Sala han escuchado los argumentos de acusaciones y defensas.
Tras esta deliberación, el alto tribunal considera que lo ocurrido en los Sanfermines de 2016 fue agresión sexual y no abuso, que es el delito por el que tanto la Audiencia Provincial como el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) habían condenado a nueve años de cárcel a José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero, Ángel Pozas y Alfonso Jesús Cabezuelo.
Con el fallo del Supremo, la sentencia contra La Manada ya es firme, pero el encargado de ejecutar las penas deberá ser el tribunal enjuiciador, esto es, la Audiencia Provincial.