La Fiscalía había pedido previamente el sobreseimiento de las actuaciones incoadas contra el encartado
SEVILLA, 31 Ago. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un varón de los presuntos delitos de abuso sexual que le atribuía una mujer, después de que la Fiscalía reclamase el sobreseimiento de las actuaciones incoadas en su contra y el mismo día del juicio, la mujer que ejercía la acusación particular y que solicitaba para él cinco años de prisión retirase su acusación y requiriese su libre absolución, como así ha sucedido.
En una sentencia emitida el pasado 24 de abril y recogida por Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla expone que en esta causa, el varón acusado era un vecino de Castilleja de la Cuesta de 46 años de edad sin antecedentes penales y con una medida cautelar impuesta de alejamiento respecto a la denunciante del caso.
Además, la sentencia de la Audiencia da cuenta de que durante el procedimiento, la Fiscalía había solicitado el sobreseimiento de las actuaciones incoadas contra este hombre.
En su escrito de calificaciones provisionales, según figura, la acusación particular ejercida por la mujer denunciante del asunto achacaba al citado varón un primer delito de abuso sexual con acceso carnal y un segundo delito simple de abuso sexual, reclamando para él por el primer delito cuatro años de cárcel y dos años de prohibición de acercarse a ella o comunicarse con ella; y por el segundo delito un año más de prisión, otros dos años de alejamiemto y cinco años de libertad vigilada postpenitenciaria.
Pero en el día del juicio, el mismo 24 de abril, fecha de emisión de la sentencia, la acusación particular ejercida por esta mujer "ha retirado la acusación provisional que había formulado, solicitando la libre absolución del acusado", según la resolución judicial.
"El principio acusatorio vigente en nuestro derecho procesal criminal exige, para que el tribunal pueda dictar un fallo condenatorio, que alguna parte acusadora, ya sea pública, particular o popular, haya ejercitado una acusación formal, por lo que al no mantenerse en la presente causa y en definitiva acusación alguna contra el acusado procesado, procede decretar su libre absolución con toda clase de pronunciamientos favorables, quedando sin efecto cuantas medidas cautelares se hubieran adoptado en la presente causa y declarando las costas de oficio", declara la Sección Séptima de la Audiencia ante el escenario suscitado.