La Audiencia confirma el procesamiento de los cuatro acusados mayores de edad por el caso Marta

Miguel Carcaño
EUROPA PRESS/ARCHIVO
Actualizado: jueves, 24 marzo 2011 15:51

SEVILLA 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha rechazado los recursos contra el auto de procesamiento dictado por el Juzgado de Instrucción número 4 interpuestos por el hermano del asesino confeso de Marta del Castillo, Francisco Javier Delgado, y por la novia de éste, María García, según han informado a Europa Press fuentes del caso.

La Audiencia Provincial ha tomado esta decisión después de que se celebrase este miércoles una vista en la que la Fiscalía se opuso a los recursos planteados en tanto en cuanto los letrados de los imputados rechazaron el auto dictado por el juez Francisco de Asís Molina al entender que "no hay indicios" de que sus clientes "hayan participado en los hechos de la manera que se les imputa".

En este sentido, el abogado de María García, José Antonio Salazar, ya explicó a los periodistas que, en el auto de procesamiento, el juez instructor "dice que hay una evidencia genética que conecta a María al lugar de los hechos", en concreto al piso de León XIII propiedad de Francisco Javier Delgado, "y que existen indicios que apuntan a que el cuerpo de Marta estaba dentro en la hora en que María estaba allí".

Tras aseverar que su patrocinada "ha confesado siempre que estuvo en el piso estudiando a partir de las 00,00 o 00,30 horas", Salazar puso de manifiesto que "lo que sería raro y sospechoso es que no hubiera evidencias genéticas, pues María visitaba el inmueble con gran asiduidad". "Concluir de todo lo anterior una participación como la que se atribuye a mi cliente es absolutamente inmotivado", apostilló.

DECLARACIÓN INCRIMINATORIA DEL MENOR

De su lado, el abogado del hermano del asesino confeso, José Manuel Carrión, indicó que el juez instructor "ha procesado" a Francisco Javier Delgado "por un único motivo, como es la declaración incriminatoria que hace el menor", pero a este respecto el Tribunal Supremo "es tajante, pues una declaración de un coimputado no tiene fuerza incriminatoria entre tanto no esté corroborada por otros elementos externos, que no existen en la causa".

"La fundamentación del juez es irracional, carente de fundamentación y no existe base ni argumentación desde el punto y hora en que existen numerosos argumentos de hecho que están en contra de la realidad que se quiere dibujar por parte del instructor", según prosiguió Carrión, quien añadió que "estos argumentos de hecho están argumentados en datos fácticos objetivos que se encuentran recogidos en la causa y que no pueden dar lugar a que se procese a Francisco Javier".