Condenados por vender cocaína y hachís en viviendas de San Juan de Aznalfarache (Sevilla)

Archivo - Barriada de Santa Isabel de San Juan de Aznalfarache, conocida como la Esquina del Gato
Archivo - Barriada de Santa Isabel de San Juan de Aznalfarache, conocida como la Esquina del Gato - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: miércoles, 11 septiembre 2024 13:24

SEVILLA 11 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos hombres, por la venta de cocaína y hachís desde dos viviendas del municipio aljarafeño de San Juan de Aznalfarache.

En esta sentencia emitida por la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla y recogida por Europa Press, dicha instancia declara probado, por el propio reconocimiento de los acusados fruto de un acuerdo de conformidad entre sus defensas y la Fiscalía, que ambos encartados, con antecedentes penales no computables en esta causa a efectos de reincidencia, se dedicaban "a la venta de sustancias estupefacientes en la localidad de San Juan de Aznalfarache".

En ese marco, el relato de hechos probados recoge que en el registro policial de la vivienda del primer acusado fueron halladas "tres bolsitas con una sustancia que resultó ser cocaína con un peso de 9,160 gramos y una pureza del 73,33 por ciento; 2,261 gramos y una pureza del 74,34% y 15,40 gramos y una pureza del 79,48 por ciento, respectivamente; así como 16,26 gramos de una sustancia que debidamente analizada resultó ser hachís con una pureza del 4,14 por cineot en THC" y "una balanza de precisión utilizada para la elaboración de las dosis de drogas".

En el registro del domicilio del segundo inculpado, según el relato de hechos probados, los agentes encontraron "una bolsa con una sustancia que debidamente analizada resultó ser cocaína con un peso de 22,8 gramos y una pureza del 77,1 por ciento , así como 3.180 euros en metálico procedentes del tráfico ilícito de estupefacientes"; toda vez que "la droga intervenida a los acusados habría alcanzado en el mercado ilícito un valor de 5.9901 euros" y "al tiempo de los hechos", el primer inculpado "era adicto a sustancias estupefacientes que mermaban su capacidad volitiva e intelectiva".

Así, el tribunal impone a ambos tres años y un día de prisión por un delito contra la salud pública, así como a una multa de 5.991 euros, reconociendo que en el caso del primer acusado pesa la atenuante de la drogadicción, por lo que su pena de prisión queda suspendida siempre que no cometa delito alguno en un periodo de cuatro años "y no abandone el tratamiento de desintoxicación".

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