Cree que el tribunal ha tenido la posible "finalidad de contentar los intereses de los padres" de Marta del Castillo
SEVILLA, 9 Jun. (EUROPA PRESS) -
Agustín Martínez Becerra, abogado defensor de Francisco Javier García, conocido como El Cuco y condenado por encubrir en 2009 el asesinato de la joven hispalense Marta del Castillo, ha lamentado este jueves la sentencia del Juzgado de lo Penal número siete que condena al joven y a su madre, a dos años de cárcel por delito de falso testimonio en sus comparecencias como testigos en el juicio celebrado en 2011 contra los adultos acusados por dicho crimen.
En declaraciones a los medios de comunicación, el letrado ha manifestado que no está "en nada de acuerdo" con la sentencia, considerando que el tribunal "no ha entrado en el fondo del asunto, que era una cuestión estrictamente jurídica", señalando que se trata de una resolución judicial "casi para salir del paso, dar una patada hacia arriba y que sea la Audiencia la que resuelva los muchos y prolijos aspectos planteados" por las defensas.
En la fase de cuestiones previas del juicio, las defensas reclamaron la nulidad del procedimiento por posible violación del principio de tutela judicial efectiva y del principio de legalidad, alegando el abogado del Cuco que la sentencia de la Audiencia que confirmaba la condena inicial al joven por encubrimiento no le fue notificada personalmente a su patrocinado antes de su declaración en el juicio de 2011 contra los adultos acusados por el crimen, mientras el letrado de la acusada argumentaba que como madre del Cuco, en ningún momento se le dispensó de declarar en el juicio de 2011.
Es más, a juicio del abogado Martínez Becerra, esta sentencia del Juzgado de lo Penal número siete, que impone la pena de cárcel que había solicitado la acusación particular que ejercen los padres de Marta del Castillo, desprende a su entender la "sensación" de una cierta "finalidad de contentar los intereses de los padres", que considera legítimos pero con el aviso de que los mismos han intentado convertir este juicio en un "instrumento" a la búsqueda de fines ajenos al objeto concreto del procedimiento judicial.
SENTENCIA CONDENATORIA
Después de que en la primera sesión del juicio celebrado en su contra los pasados días 26 y 27 de mayo, ambos reconociesen los hechos contenidos en el escrito de acusación de la Fiscalía pero optasen por no contestar preguntas, en esta sentencia emitida el pasado día 3 de junio, difundida por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y recogida por Europa Press, se declara probado que el Cuco y su madre, Rosalía G.M., junto con la pareja de esta última, Ángel Manuel R.C., ya fallecido, concertaron "una declaración concordante y coherente a fin de dar cobertura a la actuación de Francisco Javier durante la noche y la madrugada del 24 de enero de 2009 (cuando fue cometido el asesinato de Marta del Castillo), a sabiendas de que faltaban a la verdad, y sin importarles los perjuicios que ello podía irrogar para la familia de la fallecida".
Según señala la sentencia, en el juicio celebrado en 2011 por la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla contra los adultos acusados por el asesinato de Marta del Castillo, por el cual Miguel Carcaño fue el único adulto condenado; el Cuco declaró que durante la tarde noche del día 24 de enero de 2009 "no había estado en el domicilio" de la calle León XII donde residía Carcaño y donde fue cometido el crimen, sino con unos amigos "en franjas horarias distintas a las reales, marchando a su domicilio sobre las 23,30 horas donde se encontró con el fallecido Ángel Manuel R.C., que había salido a tirar la basura, para seguidamente subir hasta su casa y no salir más, cuando la verdad era muy diferente".
Tal extremo, según el Juzgado de lo Penal número siete, "ha quedado acreditado en las sentencias ya firmes del Juzgado de Menores número tres", que condenó al Cuco por encubrimiento y por ende por haber "ayudado a su amigo Miguel Carcaño a deshacerse del cadáver y evitar su descubrimiento"; y de la Sección Séptima de la Audiencia", que condenó a Carcaño como autor del asesinato pero absolvió al resto de los acusados, que eran su amigo Samuel Benítez, su hermanastro Francisco Javier Delgado y la pareja de este último.
YA ERA MAYOR DE EDAD
Según precisa la magistrada, la sentencia del Juzgado de Menores fue confirmada por la Audiencia provincial el 20 de octubre de 2011, en "días previos a su declaración como testigo ya mayor de edad" en el juicio celebrado en la Sección Séptima por el asesinato de Marta del Castillo contra los adultos acusados por tal hecho.
En cuanto a su madre, la sentencia expone que declaró en el juicio de 2011, "sabiendo que no era verdad, que salió con el investigado fallecido Ángel Manuel a tomar unas copas sobre las 23,30 horas al bar La Portada, regresando a su domicilio sobre la 1,30 ó 2,00 horas de la madrugada ya del día 25 de enero, encontrando dormido en su habitación a su hijo Francisco Javier, cuando la realidad era que estuvieron en el citado establecimiento hasta las 4,30 horas y no encontraron a su hijo en casa cuando llegaron".
El Juzgado de lo Penal siete declara que "ante el reconocimiento de los hechos por los acusados, se ha faltado a la verdad en un juicio por ambos", que en la vista oral de 2011 por el asesinato de Marta del Castillo "fueron advertidos del delito de falso testimonio en el que podían incurrir en caso de no decir la verdad, por lo que queda patente que ambos cometen dicho delito" de falso testimonio.
PROVOCAR UNA SENTENCIA "INJUSTA"
Al punto, la sentencia argumenta que "faltar a la verdad en la declaración que se presta como testigo en un procedimiento judicial es delito en la medida que el testimonio es uno de los medios de prueba sobre los que se puede basar la convicción del juzgador a la hora de dictar una resolución judicial definitiva, de tal manera que es posible que un testimonio falso, si induce a error al juez o tribunal ante el que se presta y es valorado como verdadero, provoque una resolución injusta, esto es, un pronunciamiento en que no se realice el valor superior de la justicia y se lesione un interés que debe ser protegido por el poder judicial".
Además, la juez ve "indudable el daño que se vuelve a hacer a padres" de Marta del Castillo, que a la hora de comparecer como testigos en el juicio señalaban el "dolor y la humillación" que sufren desde hace ya 13 años por el asesinato de su hija y las "mentiras" vertidas en cuanto a los hechos.
Recordemos, en ese sentido, que en el juicio, la Fiscalía solicitó para cada acusado ocho meses de prisión y una multa de 1.500 euros, mientras que la acusación particular ejercida por los padres de la joven y la acusación popular ejercida por la Asociación de Víctimas y Justicia reclamaron dos años de cárcel, el pago de una multa de 1.800 euros y que, en materia de responsabilidad civil, indemnizaran a los padres con un total de 50.000 euros por los daños morales causados.
NO PESA "PARALIZACIÓN"
De su lado, los abogados de los encausados solicitaron su libre absolución y, de manera subsidiaria, que se apreciara la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas y fueran condenados a 45 días de prisión y el pago de una multa de 132 euros, una atenuante que la juez desestima porque "ninguna de las defensas ha expresado desde cuándo el procedimiento ha estado paralizado" y porque "ninguna paralización ha existido".
Dado el caso, la sentencia condena a cada uno de los dos acusados, como autores de un delito de falso testimonio, a dos años de cárcel, sendas multas de 1.440 euros y a indemnizar conjuntamente con 30.000 euros a los padres de Marta del Castillo, toda vez que la sentencia es susceptible de recurso ante la Audiencia provincial.