SEVILLA 21 Oct. (EUROPA PRESS) -
Facua ha manifestado este lunes que ve "confirmada" su tesis respecto a que la consulta ciudadana celebrada por el Ayuntamiento de Sevilla para decidir entre el formato de Feria de sábado a sábado o la recuperación del modelo tradicional, saldada con un 52 por ciento de votos a favor de restituir el modelo corto tras votar 106.791 sevillanos y titulares de casetas y carruajes, "permitía suplantar identidades".
Según Facua, "cualquier persona que conociese el DNI y fecha de nacimiento de un empadronado en Sevilla podía suplantar su identidad y votar en su nombre, ya que el número de teléfono que se solicitaba únicamente servía para recibir el código SMS que permitía votar, siendo indiferente quién fuese el titular del mismo".
La asociación avisa de que en una contestación oficial, el Ayuntamiento de Sevilla, gobernado por el popular José Luis Sanz, responde a Rubén Sánchez, secretario general de Facua, que "si desea acceder al número del móvil donde se envió el código, sería necesario que usted nos suministrara el código SMS que se envió al móvil".
"En la contestación no sólo se niega al secretario general de FACUA el dato relativo a la numeración móvil utilizada para votar en su nombre, sino también cuál fue el sentido del voto. De igual manera, rechaza aclararle qué día y a qué hora fue solicitado el código para participar en la votación".
Así, la contestación indica según Facua que "para este tratamiento concreto, el número de teléfono móvil era un mero dato instrumental para recibir el token o código SMS, para ejercer el voto y ello porque no era preciso que hiciera uso de su propio móvil para votar, ya que no cumplía función alguna de identificación personal y en ningún momento se comprobaba si el móvil al que se enviaba el SMS era o no propiedad de la persona".
FACUA Sevilla considera que la actitud del ayuntamiento vulnera el derecho de acceso que tienen los usuarios a los datos personales objeto de tratamiento, el cuál está reconocido por la Ley 3/2018 de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y al Reglamento General de Protección de Datos; insistiendo en que la votación estuvo marcada por "un cúmulo de irregularidades y fallos en la web que provocaron que miles de sevillanos desistiesen de participar".
Y es que según Facua, "el Ayuntamiento no tenía a su alcance ningún mecanismo para detectar estos casos y anular los votos fake, ya que no puede acceder a la información sobre la titularidad de las líneas móviles, un dato que solo está en poder de las compañías de telecomunicaciones".
A juicio de Facua Sevilla, también se vulneraron otras normas como los preceptos esenciales establecidos en la Ley de Participación Ciudadana de Andalucía, ya que la consulta no fue aprobada por el Pleno de la corporación municipal y, por lo tanto, tampoco fue publicada en el BOP. Asimismo, también se vulneró el artículo 35 de la ley de participación ciudadana para las consultas populares, donde se recoge que tienen derecho a voto "todas las personas mayores de 16 años".