SEVILLA, 23 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Económico Administrativo Central ha resuelto que las sillas de la carrera oficial de la Semana Santa de Sevilla están exentas del pago de IVA, con lo que da la razón al Consejo de Hermandades y Cofradías de la capital andaluza.
En una resolución fechada el pasado 15 de diciembre, el tribunal ha desestimado el recurso presentado por la Agencia Tributaria a la sentencia del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía (Teara) dictada el pasado 27 de enero en la que consideraba que la carrera oficial estaba exenta del pago de dicho impuesto.
Señala la resolución que "se entenderá que la contemplación de los desfiles no queda reservada en exclusiva a quien paga, cuando el público que no lo hace, aún sin tener acceso a las zonas de sillas o palcos, pudiera contemplar los desfiles procesionales con normalidad, en toda la carrera oficial o en parte de ella, por no existir obstáculo relevante que se lo impida".
"Por el contrario, destaca el texto, si tales desfiles pudiesen ser contemplados normalmente por cualquier persona, por toda la carrera Oficial o por parte de ella, sin necesidad de pagar por ello, esto es, si el acceso a los mismos fuese libre y gratuito, la venta de abonos de sillas y palcos constituiría en tal supuesto un servicio sujeto y no exento del IVA, sometido a tributación por el tipo general del 21%".
El Consejo, "para evitar consecuencias indeseadas" de no acatar el criterio de tributación en IVA que la AEAT había comunicado para tales fines, cobró, en los ejercicios 2020 y 2022, el citado impuesto a los usuarios de tales sillas y palcos, "sin menoscabo de recurrir posteriormente en vía económica-administrativa".
La institución cofradiera con sede en San Gregorio siempre ha defendido la idea de que la devolución del dinero a los abonados de las sillas podría efectuarse cuando la resolución del 27 de enero "hubiera adquirido firmeza". En este sentido, el pasado mes de marzo de este año, el presidente del Consejo, Francisco Vélez, afirmaba al respecto que esa operación "podría tardar meses e incluso años" si recurría Hacienda la resolución del Teara, aspecto que finalmente ocurrió.
Vélez instía entonces en que para llevar a cabo esa devolución del IVA, "primero se tenía que convertir en firme la resolución"; posteriormente, el Ministerio de Hacienda "debería reintegrar esas cantidades, y, entonces, lo haremos efectivo".
El Consejo de Cofradías realizó una reclamación en el año 2019, cuando le fue requerido por parte del Ministerio el pago del 21 por ciento del impuesto por la explotación de las sillas y palcos, para conseguir que le fuera eximido este pago "al tratarse de un evento de índole religioso y no un espectáculo público".