Actualizado: jueves, 9 noviembre 2017 16:26

Considera acreditadas las "infracciones" cometidas por Ciudadanos en el procedimiento de expulsión de Ester Ruiz

ALCALÁ DE GUADAÍRA (SEVILLA), 9 (EUROPA PRESS)

El Juzgado mixto número dos de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) ha anulado los acuerdos adoptados a comienzos de 2016 por Ciudadanos, para expulsar de las filas de la formación naranja a la que fuera su portavoz en el Ayuntamiento alcalareño, Ester Ruiz Lara. A tal efecto, la citada instancia judicial declara el derecho de esta concejal alcalareña a "ser rehabilitada en todos sus derechos y deberes por su condición de afiliada".

Recordemos que a comienzos de 2016, Ciudadanos anunciaba que expulsaba de sus filas a la hasta entonces portavoz de la formación naranja en el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, Esther Ruiz Lara, por incumplir supuestamente sus funciones y obligaciones como cargo público. Según Ciudadanos, Ester Ruiz, pese a gozar de régimen de dedicación exclusiva en el Ayuntamiento alcalareño, no estaba asistiendo a las juntas de portavoces o las comisiones delegadas de los plenos, por ejemplo.

Ester Ruiz, de su lado, defendía que había acudido a todas las sesiones plenarias excepto a una en la que un "parte oficial de baja" probaría la "enfermedad" que sufría aquellos días.

En cuanto a la incomparecencia a las sesiones de la junta de portavoces y las comisiones informativas del Ayuntamiento, alegaba que entre las dos ediles de Ciudadanos en Alcalá mediaba un "acuerdo verbal", según el cual Esther Ruiz era quien se "volcaba" en la elaboración de las mociones y propuestas y la asistencia a tales órganos quedaría en manos de su compañera, que no ostentaba la Portavocía.

Así, anunciaba un recurso ante el comité de garantías de Ciudadanos porque la decisión adoptada en cuanto a su expulsión no era "firme".

DECLARADA NO ADSCRITA

No obstante, y a instancias de Cs, en abril de 2016 el pleno del Ayuntamiento de Alcalá declaraba a esta edil como concejal no adscrita, retirándole la dedicación exclusiva gracias a la cual cobraba 38.475 euros brutos anuales como portavoz municipal de Cs. Todo ello, claro está, como consecuencia de su expulsión de Ciudadanos.

Pero después de que Ester Ruiz recurriese ante los tribunales su expulsión de Ciudadanos, allá por septiembre de 2016 el Juzgado mixto número dos de Alcalá ordenaba dejar provisionalmente "en suspenso" los acuerdos de Cs relativos a la expulsión de esta edil de las filas de la organización, a la espera de resolver el litigio planteado por la misma. Ya entonces, la citada instancia judicial ordenaba que Cs rehabilitase "temporalmente" a Ester Ruiz en su condición de afiliada, "con todos sus derechos y deberes".

Dado el caso, ya en marzo de este año, el pleno del Ayuntamiento daba cuenta de un escrito en el que Ciudadanos reconocía provisionalmente como afiliada a la concejal Ester Ruiz, y por tanto como edil de la formación, en cumplimiento de las medidas cautelares ordenadas por el juzgado. El asunto, así, quedaba a la espera de que el juzgado resolviese el litigio.

SENTENCIA DEL JUZGADO

Y ya el pasado 23 de octubre, el Juzgado mixto número dos de Alcalá emitía finalmente su sentencia respecto al recurso de la concejal alcalareña Ester Ruiz contra su expulsión de Ciudadanos. La sentencia, recogida por Europa Press, anula los acuerdos adoptados en 2016 por Ciudadanos para expulsar a Ester Ruiz y declara su derecho a "ser rehabilitada en su condición de afiliada", si bien no aprecia la vulneración del derecho al honor señalada por la edil ni accede a la indemnización solicitada por tal aspecto y por "daños y perjuicios".

La sentencia expone que el procedimiento seguido para la expulsión de Ester Ruiz de Ciudadanos incurre en una serie de "infracciones" respecto a los propios estatutos de la formación, como "la ausencia de propuesta de resolución de la instructora".

Además, señala el juzgado la "ausencia en todo el procedimiento de expediente sancionador de resolución o pronunciamiento en el que se declare o motive la denegación de las pruebas testificales propuestas por la actora a pesar de la necesidad en su práctica". Igualmente, censura el juez que el comité ejecutivo de Cs "llegue a su resolución en base a nuevos hechos fruto de la investigación del órgano, que no están incluidos en la resolución de incoación del expediente" y ante los cuales la edil no tuvo "posibilidad de hacer alegaciones o proponer pruebas".

DOCUMENTOS QUE "NO CONSTAN"

"La resolución de la comisión de garantías basa su escueta resolución en un acta de reunión con el grupo municipal de Ciudadanos-Alcalá y una declaración jurada, pero no constan dichos documentos en la incoación del expediente", abunda la sentencia, según la cual tampoco constaría "el traslado a la actora para realizar alegaciones, para su impugnación o para la aportación de medios de prueba que permitiese su defensa" frente a tales documentos.

El juzgado, no obstante, no aprecia "una intromisión ilegítima" imputable a Ciudadanos que tuviera "incidencia en el derecho al honor" de la edil. Tampoco accede, finalmente, la indemnización solicitada "por daños y perjuicios equivalente a las mensualidades dejadas de percibir (...) como consecuencia de su cese como portavoz del partido" en el Ayuntamiento alcalareño. Y es que según la sentencia, "corresponde a la corporación local, y no al partido político, la facultad de nombrar con exclusividad el cargo de concejal en régimen de dedicación exclusiva".

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