A Juicio en Sevilla el exdirector de la Faffe y el exalcalde de Lebrija por su contratación "arbitraria e injusta"

Archivo - El exdirector técnico de la fundación (Faffe) Fernando José Villén Rueda, a la salida de la Audiencia de Sevilla
Archivo - El exdirector técnico de la fundación (Faffe) Fernando José Villén Rueda, a la salida de la Audiencia de Sevilla - Eduardo Briones - Europa Press - Archivo
Publicado: domingo, 22 septiembre 2024 15:00

La Fiscalía reclama cuatro años de cárcel para Fernando Villén y dos años y medio para el ex primer edil

SEVILLA, 22 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla tiene previsto iniciar el jueves de esta nueva semana el juicio promovido contra el ex director general técnico de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) Fernando Villén y el exalcalde socialista de Lebrija Antonio Torres García, por presuntos delitos de prevaricación y malversación derivados de la contratación "injusta y arbitraria" del citado ex primer edil en la Faffe, de modo contrario a los principios de igualdad, mérito y capacidad y por la sola "afinidad y vinculación personal y política" entre ambos.

Hace justo un año, precisamente, la Audiencia de Sevilla condenaba a Fernando Villén a seis años de cárcel por un delito continuado de malversación en concurso con un delito continuado de falsedad en documento oficial en concepto de inductor, por los pagos en clubes de alterne con tarjetas bancarias de la citada entidad pública, perteneciente a la Junta de Andalucía.

Con relación a este otro caso a juzgar esta semana, el juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, exponía en su auto de transformación de las diligencias en procedimiento abreviado que "de las diligencias practicadas se desprende la existencia de serios indicios racionales de criminalidad que permiten atribuir a los investigados Fernando Villén Rueda y Antonio Torres García participación en la comisión de delitos de prevaricación y malversación".

SOLICITÓ SU "COLOCACIÓN" TRAS PERDER LA ALCALDÍA

Concretamente, el juez relataba que después de que Antonio Torres perdiese la Alcaldía de Lebrija en las elecciones municipales de 2003 tras 24 años en el poder, habría solicitado al entonces director general técnico de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo su "colocación en la Faffe, a lo que Villén accedió promoviendo en su favor un novedoso cargo directivo, inexistente en realidad, que diera satisfacción a las condiciones de contratación indefinida y salario solicitadas" por el ya exalcalde socialista de Lebrija.

Todo ello, pese a que Torres García "carecía de formación y aptitudes para asumir funciones correspondientes a dicho nivel profesional" de directivo.

Así, y según el juez instructor, el exalcalde de Lebrija "fue contratado el 1 de julio de 2003 con un contrato de duración temporal, prorrogado y convertido en indefinido con fecha de efectos 1 de diciembre de 2004, como directivo, con una retribución total de 46.750 euros anuales, encontrándose de alta como empleado en la Faffe hasta la extinción de ésta y su integración en mayo de 2011 en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE)".

CONTRATACIÓN "INJUSTA Y ARBITRARIA"

La contratación, según el juez instructor, se produjo, "sin proceso alguno de valoración o contraste de la aptitud o idoneidad del sujeto a contratar", es decir "de manera injusta y arbitraria, prescindiendo de los procedimientos de contratación a los que la Faffe debía ajustarse, sin concurrencia alguna de otros posibles candidatos al puesto, y de manera contraria a los principios generales de publicidad, objetividad, imparcialidad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad que habrían de regir dicho proceso de selección y contratación, de conformidad con la propia normativa".

"No existe ninguna documentación que revele un mínimo cumplimiento de los requisitos y presupuestos que regulan la selección y contratación de personal, ya sea técnico o directivo, por parte de una fundación pública como la Faffe", determina el juez instructor.

A ello se suma, según precisaba el juez en el auto, que el organigrama administrativo de la Faffe "no contemplaba puesto directivo alguno al que pudiera acceder" el exalcalde investigado, por lo que el otro encausado "vino a crear uno 'ad hoc' que denominó Dirección de Relaciones Externas", un departamento que "era en realidad inexistente, de modo que carecía de estructura, funciones y contenido efectivo; sin sede física, ni oficinas, ni despachos, ni personal adscrito".

"NI SIQUIERA ACUDÍA A LA SEDE DE LA FUNDACIÓN"

De hecho, el juez avisa de que el exalcalde "ni tan siquiera acudía a la sede de la fundación, ni desempeñaba trabajo alguno (era desconocido por otros trabajadores y directivos), aunque se procuró tarjetas de visita o presentación", de forma que "la escasa actividad realizada, limitada a puntuales contactos con algún político o autoridad", la llevó a cabo "siempre" desde su domicilio "y con medios propios, ordenador y cuenta de correo electrónico genérica y gratuita".

Como resultado, "el investigado Antonio Torres habría estado ocupando un puesto de trabajo de nivel superior, inexistente en la organización de la Faffe, sin un cometido concreto y, en definitiva, sin desempeñar una labor real, con la aceptación y beneplácito de Fernando Villén, lo que habría permitido a Torres García percibir 491.203,03 euros" hasta 2020, "sin que conste que trabajara realmente, disfrutando además de los beneficios de un alta ficticia en la Seguridad Social, y a la postre integrarse en el Servicio Andaluz de Empleo tras la extinción de la Faffe, sin más mérito que su afinidad y vinculación personal y política con Villén Rueda", resume el juez, que así ordena continuar las actuaciones por el trámite del procedimiento abreviado.

Merced a tales presuntos hechos, la Fiscalía reclama para Fernando Villén cuatro años de prisión por un presunto delito de malversación y diez años de inhabilitación especial por un posible delito de prevaricación; mientras para el exalcalde de Lebrija reclama dos años y medio de prisión por malversación y cuatro años de inhabilitación por supuesta prevaricación.

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