Junta declara aplicables en Andalucía las "variaciones retributivas" que fije el Estado para empleados públicos en 2012

Actualizado: lunes, 17 octubre 2011 15:34

SEVILLA 17 Oct. (EUROPA PRESS) -

El anteproyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2012 incluye una disposición adicional que declara "aplicables" a los empleados públicos de la Junta las "variaciones retributivas que se realicen por norma estatal con rango de ley" para el próximo ejercicio.

Según han informado a Europa Press fuentes de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, la disposición adicional duodécima del anteproyecto de Ley deja abierta la posibilidad de que las retribuciones del sector público andaluz, en principio congeladas para el año 2012, puedan verse alteradas por decisión del Gobierno de la Nación al declararse "aplicables" a dicho personal "las variaciones retributivas que se realicen por norma estatal con rango de ley para el año 2012".

La congelación salarial para el personal del sector público andaluz figura en el artículo 10 del texto articulado del anteproyecto de Ley de Presupuestos, que establece que dichas retribuciones no experimentarán en 2012 "crecimiento alguno respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2010 resultantes de la aplicación, en términos anuales, de la reducción de retribuciones" aprobada por decreto-ley en mayo de 2010, cuando se acordó una rebaja del cinco por ciento en el sueldo de los funcionarios.

Fuentes de la Consejería de Hacienda y Administración Pública ya explicaron el pasado viernes a Europa Press que esta nueva congelación en las retribuciones de los empleados públicos dependientes de la administración autonómica es consecuencia de la legislación básica estatal vigente, ya que, a causa del adelanto electoral, los Presupuestos Generales del Estado (PGE) en vigor son los correspondientes a 2011.

Sin embargo, la disposición adicional duodécima del anteproyecto de Ley de Presupuestos establece que "serán aplicables al personal incluido en el Título II de la presente Ley las variaciones retributivas que se realicen por norma estatal con rango de ley para el año 2012", con lo que la congelación salarial prevista puede verse modificada por decisión del Ejecutivo central si lo dicta con normativa básica.