La Junta dice que ni entiende ni comparte el nuevo fallo del Algarrobico

Hotel de El Algarrobico
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 7 mayo 2015 13:26

SEVILLA 7 May. (EUROPA PRESS) -

La consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía en funciones, María Jesús Serrano, ha señalado que, aunque se respeta como a cualquier pronunciamiento judicial, desde la Junta "no entendemos ni compartimos" la nueva resolución que sobre el conflicto del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), ha emitido el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), rechazando anular la sentencia por la que el Alto Tribunal declaró legal la licencia municipal de obras.

En declaraciones a los periodistas en Sevilla, Serrano ha indicado, de hecho, que desde la administración andaluza se entiende que hay que esperar a la resolución que desarrolle el Tribunal Supremo (TS) acerca de si el suelo sobre el que se asienta la edificación es "meramente urbanizable" o de especial protección medioambiental, a pesar de que la decisión del TSJA es firme.

Ello, ha recordado la consejera en funciones, después de las "contradicciones a sí mismo" en las que ha incurrido el tribunal andaluz. Por ello, ha instado a esperar para ver el pronunciamiento del Supremo, "y cuando resuelva este caso veremos las acciones a tomar".

La responsable autonómica en funciones de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, que ha lamentado que la Junta ha tenido conocimiento del asunto por los medios de comunicación, también ha manifestado que se encuentran a la espera de que se les diga cómo acometer la sentencia que le da la razón al Ejecutivo andaluz en lo relativo a la ejecución del derecho de retracto.

En su última resolución, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo desestima los incidentes de nulidad promovidos por la Junta de Andalucía y las organizaciones Ecologistas en Acción y Salvemos Mojácar, a los que se adhirió la Abogacía del Estado, y sostiene que no se ha producido "ninguna" vulneración de derechos fundamentales ya que, para fallar en este sentido, se analizaron "extensa y exhaustivamente" las alegaciones que argumentaban que el hotel se construyó en espacio no urbanizable e invadiendo la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre fijada en 100 metros.

Ambos autos, consultados por Europa Press, censuran tanto la postura de la Junta como de la Abogacía del Estado. Así, a la primera le dice que, cuando solicitó en 2006 al Juzgado de lo Contencioso-administrativo 2 de Almería la revisión de oficio de la licencia de obras concedida en 2003 al entender que concurría causa de nulidad, "admitió e invocó explícitamente la existencia de un planeamiento urbanístico desarrollado con todos los requisitos con respecto a los terrenos para los que se concedió", y que lo que sostuvo fue "que la licencia había vulnerado precisamente ese planeamiento".

A la Abogacía del Estado le traslada que, en primera instancia, "ni sostuvo que la licencia fuera nula de pleno derecho, ni afirmó explícitamente que se produjera vulneración alguna de la legislación de Costas, como se compadece del hecho de que ni impugnó la licencia ni apoyó explícitamente su revisión de oficio" y remarca que la posición de la Dirección General de Costas en el procedimiento se resume en un informe de 1998 que, según dice, "evidencia la conformidad de la Administración del Estado con la revisión de las Normas Subsidiarias (NNSS) en cuya aplicación se otorgó la licencia" a la promotora Azata del Sol.

La Sección Primera defiende, asimismo, que "en absoluto" puede admitirse la existencia de "cosa juzgada" que las dos administraciones y los colectivos conservacionistas alegan en este caso considerando que la sentencia de 29 de julio de 2014 "infringe" el contenido de las tres sentencias firmes de la Audiencia Nacional en las que se confirma el deslinde de la servidumbre de protección de 100 metros.

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