Reduce aún más su petición de condena al sustituir la calificación de uso de arma prohibida por la de arma sin licencia
SEVILLA, 17 Dic. (EUROPA PRESS) -
El jurado popular del juicio celebrado en la Audiencia de Sevilla contra Germán C.V., acusado de asesinar de un disparo a su novia menor de edad embarazada en la localidad de El Rubio en febrero de 2023; un crimen cuya autoría reconoció el acusado alegando que actuó por un "arrebato" porque él estaba "todo el día tomando drogas y bebiendo alcohol"; la he declarado culpable de todos los cargos considerando "no probado" que en el momento de los hechos tuviese sus facultades y capacidad de entendimiento afectadas por el consumo continuado de cocaína.
En todos los casos por unanimidad, el jurado popular ha declarado probado, por expreso reconocimiento del acusado, que el mismo, de 21 años en el momento de los hechos, tenía una relación sentimental con la fallecida, Elia, de 17 años de edad, marco en el que el inculpado "golpeaba e insultaba" a su pareja "con habitualidad", porque "era mujer y la tenía cosificada".
También ha sido declarado probado, por expreso reconocimiento del inculpado, que el día 11 de enero de 2023, el acusado golpeó a la víctima en la cabeza y en la cara, dejándole hematomas en los ojos, mientras que, el día 15 de enero de 2023, le dijo "como te pegue un guantazo vas a escupir los dientes".
Ya el 25 de febrero de ese mismo año, según ha sido declarado probado por unanimidad, le dijo a la fallecida, "previo envío de un vídeo en el que exhibe una escopeta, que le iba a pegar un tiro a ella y otro al perro, que le iba a volar los sesos", como admitía el propio Germán C.V. en el juicio.
Del mismo modo, ha sido declarado probado por unanimidad que entre las 1,00 y las 4,00 horas del día 27 de febrero de 2023, cuando ambos se encontraban en una parcela de El Rubio, el acusado y su pareja se enzarzaron en una discusión "por motivos desconocidos", contexto en el que Germán C.V. cogió una escopeta, se posicionó sobre su pareja, que estaba reclinada en el sofá, puso el cañón del arma "a menos de cinco centímetros" de su cabeza y disparó causando "intencionadamente" la muerte de la menor.
SIN AFECCIÓN POR DROGAS
Pero mientras el inculpado alegaba en el juicio que él "llevaba tomando (drogas y alcohol) todos los días", que "estaba fatal y muy agobiado" y que tuvo un "arrebato" y le disparó "un tiro con la escopeta" que poseía pese a carecer de licencia de armas; el jurado ha declarado, por unanimidad, "no probado" que Germán C.V. actuase con sus facultades o capacidad de entendimiento mermadas o afectadas por un consumo continuado de cocaína, más allá de que tomase dicha droga de manera eventual.
Para ello, el jurado popular esgrime un informe del Instituto Nacional de Toxicología según el cual el análisis de una muestra de cabello del acusado arroja que no es posible alcanzar la determinación de un estado de "intoxicación plena"; mientras un médico forense que declaró como perito expuso que no se puede alcanzar el "convencimiento" de que el consumo de cocaína afectase a las facultades o capacidades del inculpado.
Frente a ello, el fiscal del caso, que reclamaba inicialmente un total de 42 años de cárcel para el acusado y después rebajó a 25 años de prisión su petición de condena, ha vuelto a modificar su solicitud de pena, pero para reducirla aún más, a 24 años y nueve meses de prisión.
MENOS PETICIÓN DE CONDENA
En concreto, por un delito de asesinato con las agravantes de parentesco y de género pedía en principio 25 años de prisión, así como un año de más de cárcel por un delito de malos tratos habituales en el ámbito de la violencia de género; un año de prisión por un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género; cuatro años de cárcel por dos delitos de amenazas graves con las citadas agravantes; tres años de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas y, por un delito de aborto con las agravantes ya mencionadas, ocho años más de cárcel.
Pero tras el juicio, la Fiscalía rebajó a 25 años su petición de condena, principalmente al pesar la retirada del delito de aborto al ser considerado probado que el inculpado "no sabía" que la víctima estaba embarazada cuando le disparó con una escopeta en la cabeza, la rebaja de tres a un año de prisión en el caso del delito de tenencia ilícita de armas y la introducción de las atenuantes de drogadicción y de reparación del daño, al haber depositado el acusado 30.000 euros por la indemnización que se le reclama.
Ahora, tras el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular, el fiscal del caso ha solicitado finalmente una pena de 24 años y nueve meses de prisión para Germán C.V., porque aunque se prescinda de la atenuante de drogadicción, en el caso del delito de tenencia ilícita de armas, su petición de condena cae de un año a nueve meses, al sustituir la calificación de arma prohibida por la de arma sin licencia.