SEVILLA 27 Oct. (EUROPA PRESS) -
La madre que denunció al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano ha criticado este jueves el "daño moral" que le ha producido el hecho de que el Tribunal Constitucional (TC) no le haya notificado la sentencia donde anula el fallo en el que el Tribunal Supremo elevó de dos a diez años de inhabilitación la condena al magistrado por alterar supuestamente el turno de custodia de un menor, hijo de la denunciante, para que asistiese a una procesión de la Semana Santa de Sevilla.
En declaraciones a Europa Press, la madre del menor, Isabel Hinojosa, ha criticado que, siendo parte personada en el procedimiento, no le ha sido notificada la resolución del Constitucional, "mientras que la otra parte --el juez-- dice tener la sentencia en sus manos, realizando declaraciones al respecto y convocando incluso una rueda de prensa para pronunciarse".
Por todo ello, Isabel Hinojosa ha querido denunciar públicamente "la desigualdad en el trato" recibido por parte del Tribunal Constitucional, "máximo garante de derechos fundamentales y libertades, puesto que mientras que a mí no se me notifica, a la otra parte se le informa de dicho pronunciamiento", con el consiguiente "daño moral que ocasiona la desigualdad de trato".
En este sentido, ha recordado que también se "tuvo que enterar por la prensa" del auto de marzo de 2010 por el que el juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano le "quitó la tutela" de su hijo, "mientras que a la otra parte se le notificó ese mismo día".
EL FALLO
El propio Francisco Serrano, que desde su inhabilitación ejerce como abogado en un despacho profesional de Sevilla, ya informó a Europa Press de que el Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia que anula el fallo de 2012 en el que el Supremo elevó de dos a diez años la inhabilitación impuesta, lo que implicaba que perdiera su destino y su categoría como magistrado.
El juez había sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación culposa tras modificar, sin consultar a la madre, a la que le correspondía tener al niño, el turno de custodia para garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana.
No obstante, el Supremo aumentó la inhabilitación impuesta al entender que el juez incurrió, no en un supuesto de prevaricación judicial imprudente, sino en una prevaricación dolosa, aseverando que "el hecho de dictar una resolución injusta por un funcionario tan cualificado como es el juez, deja poco espacio a un actuar negligente".
El Supremo entendía que el magistrado conocía los hechos en su total dimensión y la competencia de otro juzgado --el de Violencia sobre la Mujer--. En este sentido, mantiene que Serrano, al constarle la tramitación de la misma causa en otro juzgado competente, las medidas adoptadas por el mismo y al no existir razones de urgencia y necesidad que justificara su actuación, no debía haber actuado.
Según el Supremo, la resolución que dictó manifiesta un "incumplimiento consciente de su deber jurisdiccional produciendo la resolución injusta".