SEVILLA 6 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa, ha lanzado una nueva campaña de alquiler de viviendas vacías, con un precio máximo mensual de 500 euros, con el objetivo de darles un uso social y "reforzar" así la estrategia que se viene poniendo en marcha durante los últimos años dentro del programa #Sevillallena. Concretamente, hasta el momento se han alquilado 23 viviendas y se han comprado 72 sin incluir las operaciones de permuta o el ejercicio de derecho a retracto.
En esta nueva campaña se han introducido mejoras en las condiciones que se ofrecen a los usuarios dispuestos a alquilar inmuebles desocupados. Concretamente, se ofrece un importe máximo de alquiler mensual de 500 euros, se presupuestan en 7.500 euros las obras de reforma que asume Emvisesa para hacer los pisos habitables y se incluye la bonificación del 95% en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a los propietarios que participen en el programa, según los detalles ofrecidos este martes por el Consistorio en una nota.
"Con esta medida, seguimos avanzando en una estrategia que permite aprovechar al máximo las posibilidades del parque residencial ya existente e incrementar los recursos públicos de forma inmediata mientras siguen avanzando las obras de nuevas promociones. Éste es un programa ambicioso que hasta ahora está dando resultado y que ahora reforzamos para incrementar los recursos de los que dispone Emvisesa para la ciudadanía", ha explicado el delegado de Hábitat Urbano y Cohesión Social y presidente de Emvisesa, Juan Manuel Flores.
Las viviendas que se ofrezcan a Emvisesa en esta campaña tendrán un mínimo construido de 45 metros cuadrados y un máximo de 140 metros cuadrados, deben estar ubicadas en el término municipal de Sevilla, no pueden estar alquilada ni ocupada, contarán con las condiciones básicas de habitabilidad y seguridad (suministros de agua y electricidad, calentador de agua) y tienen que tener un seguro multirriesgo contratado.
El Real Decreto Ley introduce una modificación en la extensión de los plazos de las prórrogas obligatoria y tácita de los contratos de arrendamiento de vivienda, estableciendo en siete años el periodo de prórroga obligatoria en el caso de Emvisesa, al tratarse de una persona jurídica. Se garantiza dentro por parte de Emvisesa tanto el pago de las rentas como la recuperación de la vivienda por parte de su titular.