SEVILLA, 18 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y anulado dos apartados del primer artículo del Decreto Ley de reordenación del sector público andaluz, de 2010, al considerar que la supuesta extraordinaria y urgente necesidad que justificaría la parte impugnada no está suficientemente justificada.
Cabe recordar que el recurso fue interpuesto por diputados del PP contra una parte más amplia del decreto, concretamente la disposición adicional cuarta y los artículos 1, apartados 9 y 12; 3 a 12; 18; 19 y 22 a 24 al considerar que infringía varios artículos de la Constitución y otras disposiciones integrantes del bloque constitucional.
El Constitucional declara ahora la inconstitucionalidad de los dos apartados y desestima el recurso en todo lo demás y, además, declara la extinción del recurso por desaparición sobrevenida del objeto respecto de los artículos 3 a 12, 18, 19 y 22 a 24.
En la sentencia, consultada por Europa Press, el Constitucional recoge lo apuntado por la Junta de que "la totalidad de las medidas contenidas en el Decreto-ley objeto del recurso de inconstitucionalidad se justifican en el cumplimiento de los objetivos de déficit contenido en el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera".
Admite esa justificación para la mayoría de los preceptos recurridos pero, en lo que se refiere a los apartados que hacen referencia al régimen de derecho laboral para el personal de las fundaciones y al del nombramiento de personal no directivo, considera que no se ha justificado "adecuadamente" el "presupuesto habilitante de la extraordinaria y urgente necesidad".
"DEFENDER LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA"
El PP presentó recurso al decreto-ley y, posteriormente, a la ley y la entonces portavoz parlamentaria del PP y hoy vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, y el entonces secretario general del PP-A y hoy delegado del Gobierno, Antonio Sanz, explicaron que pretendían "defender a la Administración pública frente a la privatización de la Junta de Andalucía".
Para los 'populares' la norma andaluza es una "huida de las reglas" porque pretende que tareas de puro derecho administrativo se ejerciten con carácter privado, lo que se aleja de las reglas y principios de "neutralidad, independencia, mérito o capacidad que deben regir cualquier actividad administrativa".