El Tesoro pone condiciones a las CCAA acogidas al FLA que traten de financiarse al margen

Actualizado: martes, 5 marzo 2013 13:10

MADRID 5 Mar. (EUROPA PRESS) -

Las comunidades autónomas acogidas al Fondo de Liquidez Autonómica (FLA) o que se acogieran el año pasado a la línea ICO de pago a proveedores deberán cumplir unas condiciones si tratan de financiarse al margen de estos instrumentos, como que los tipos no superen el coste de financiación del Estado más un diferencial máximo de 250 puntos básicos.

Así figura en una resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, dirigida a establecer las condiciones en las que esas comunidades y las ciudades autónomas pueden tratar de financiarse en los mercados, al margen del FLA y la línea ICO.

En concreto, tendrán prohibido realizar operaciones en el extranjero ni con derivados financieros, salvo autorización expresa del Tesoro. En cuanto a los tipos, no podrán superar como máximo la financiación del Estado más 250 puntos básicos, aunque estos tipos se publicarán mensualmente.

A este coste se le podrá añadir únicamente una comisión de no disponibilidad en las pólizas de crédito de un máximo del 0,8 por ciento anual; la comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000 euros anuales; y la comisión de apertura, con un máximo del 0,5 por ciento anualizado (para periodos superiores a un año, este límite máximo quedará fijado en el 0,5 por ciento).

El Tesoro limita así los tipos que pueden pagar las autonomías que intenten financiarse al margen del FLA, como también lo está haciendo para las operaciones que aprueba para las comunidades que no acuden al citado fondo de liquidez.

Desde hace aproximadamente un mes, las emisiones que autoriza el Consejo de Ministros a las autonomías conllevan unos tipos máximos equivalente al coste de financiación del Estado más cien puntos básicos, rebajando los 250 puntos de diferencial que se permitían el año pasado.