MORÓN DE LA FRONTERA (SEVILLA), 2 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Morón de la Frontera (Sevilla) ha archivado finalmente la causa relativa a presuntas prácticas destinadas a "favorecer sistemáticamente" a una empresa en las contrataciones del Ayuntamiento de Morón para la feria de la localidad y el festival flamenco Gazpacho Andaluz, al apreciar "irregularidades" de ámbito administrativo pero no "una ilegalidad grosera y evidente que revele injusticia, abuso o plus de antijuridicidad", por lo que la juez instructora no ve acreditados los presuntos delitos de prevaricación administrativa y malversación que se indagaban.
Los hechos investigados están contenidos en un atestado elaborado por la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional, en el marco de la instrucción de la causa.
El citado atestado, recogido por Europa Press, analizaba diferentes contrataciones del Ayuntamiento de Morón para las ediciones de la feria del municipio y del festival flamenco Gazpacho Andaluz comprendidas entre 2011 y 2016. En concreto, los investigadores se fijaban en 20 contrataciones para actuaciones artísticas y servicios de sonido e iluminación, todas ellas adjudicadas a la sociedad Forum T. Nazareno, gestionada por Vicente R.M., por un importe total de 407.109 euros.
La UDEF, en ese sentido, atisbaba posibles delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos, al apreciar una práctica destinada a "favorecer sistemáticamente" en las contrataciones a Forum T. Nazareno "y sus gestores", "sin que exista mejora alguna respecto al presupuesto previsto" y comprometiendo "un gasto desaconsejado por los técnicos".
EN CONTRA DEL PLAN DE AJUSTE
Dicha práctica, además, habría puesto "en riesgo las finanzas del Ayuntamiento, al implicar la imposibilidad de recibir transferencias o subvenciones de otras administraciones, ante las situaciones de insolvencia no corregida". Cita el atestado, por ejemplo, un informe de la Intervención Municipal, según el cual con estas adjudicaciones "el Ayuntamiento actuó contraviniendo su propio plan de ajuste", que implicaba un "recorte" en las partidas presupuestarias destinadas al área de Fiestas Mayores, toda vez que en un decreto de Alcaldía se reconocería "actuar en contra del criterio de todos los órganos de fiscalización" a la hora de formalizar una de las adjudicaciones a Forum T. Nazareno.
La UDEF, además, señalaba que "varios de los artistas contratados" por Forum T. Nazareno para la feria y el Gazpacho Andaluz de Morón actuaron en "diversos eventos organizados por el partido político que gobierna desde 2011" la localidad, es decir el PSOE, siendo retribuidos por la agrupación socialista de Morón con cuantías "muy inferiores" a las recibidas por sus actuaciones en la feria y el Gazpacho Andaluz, sufragadas con fondos públicos.
Por eso, los investigadores sospechaban que "las actuaciones musicales contratadas por el Ayuntamiento para la feria y el festival Gazpacho Andaluz pudieran incluir un sobrecoste que, de un modo u otro, y en connivencia con los gestores de Forum T. Nazareno, hubiera financiado las actuaciones musicales de la campaña electoral de 2015".
CASO ARCHIVADO
No obstante, y según un auto del Juzgado número dos de Morón fechado el pasado 27 de marzo y recogido por Europa Press, tras prestar declaración como investigados el alcalde de Morón, Juan Manuel Rodríguez (PSOE); su concejal de Hacienda, Antonio Rodríguez; la edil de Turismo, Carnaval y Flamenco, Rosario Andújar; la responsable municipal de Cultura, Nieves Ortiz; el capitular de Festejos, Manuel Escalante; y el administrador de Fórum T. Nazareno, la juez instructora ha decidido archivar la investigación.
Y es que pese constar la "emisión de informes negativos en el procedimiento ante la aprobación del gasto" correspondiente a estas contrataciones, así como "irregularidades como la no aportación de facturas o copia del contrato de adjudicación, el uso de contratos menores con limites cuantitativos sin justificación legal aparente" o el incumplimiento de "los plazos legales de ejecución", a la búsqueda de "agilidad procedimental", la juez argumenta que "aun cuando se puede apreciar la existencia de algún tipo de defecto de tramitación en un ámbito exclusivamente administrativo", tales incidencias no representan "una ilegalidad grosera y evidente que revele injusticia, abuso o plus de antijuridicidad".
Además, expone la juez que la instrucción no ha reflejado "distracción, sustracción o apropiación de los fondos públicos ni una actuación omisiva de permitir que otros cometan dichas conductas, pues consta la realización de las esenciales actuaciones administrativas incardinadas en el procedimiento utilizado, con el destino del gasto atendiendo a la finalidad que se dispone", lo que a su vez implica que no estén acreditados los presuntos delitos de prevaricación administrativa y malversación que se indagaban.