Apoya así el recurso presentado por los familiares de la víctima al considerar que se han producido "irregularidades procesales"
SEVILLA, 25 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía ha apoyado este miércoles el recurso presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por los familiares de Manuel Martín Ojeda para que se repita el juicio con jurado y se decrete la nulidad de la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que condenó a 12 años de cárcel a María del Carmen Q.B. por la muerte de Manuel, cuyo cuerpo fue encontrado sin vida el 9 de enero de 2016 en un congelador de la heladería 'Otoño' del barrio de la Macarena.
Fuentes judiciales han informado a Europa Press de que el Alto Tribunal andaluz ha acogido este miércoles una vista para analizar los recursos presentados contra la sentencia tanto por las dos acusaciones particulares que ejercen la familia del fallecido como por la abogada defensora de la condenada.
De este modo, y según las fuentes consultadas por Europa Press, el Ministerio Público ha apoyado los recursos presentados por los familiares de la víctima al entender que, en este caso, se han producido "irregularidades procesales", ya que el magistrado presidente del juicio no incluyó en el veredicto y por tanto "sustrajo del conocimiento del jurado" una cuestión relacionada con la concurrencia de la alevosía en el crimen.
Esto último imposibilitó que el jurado pudiera pronunciarse sobre si consideraba que los hechos podrían ser constitutivos de un delito de asesinato y no de homicidio, que fue finalmente el que se le aplicó y por el que fue condenada.
ATENUANTE DE ALCOHOLISMO
Las fuentes han indicado que en la vista también se ha analizado el recurso presentado por la abogada defensora de la acusada, que ha solicitado que se le aplique la atenuante de consumo de alcohol, que se sumaría a la de confesión que ya aplicó el jurado, por lo que reclamó una condena que no superara los cinco años de prisión a cuenta de un delito de homicidio.
Tras el veredicto de culpabilidad de un jurado popular, la Audiencia condenó a la acusada a 12 años de prisión y el pago de una indemnización de 225.000 euros a los cinco hijos y la mujer del fallecido por un delito de homicidio con la atenuante de confesión.
El jurado consideró probado que los hechos tuvieron lugar entre las 5,00 y las 8,00 horas del día 9 de enero de 2016 en el interior de la heladería que regentaba la acusada, cuando, "en el curso de un enfrentamiento surgido por motivos no aclarados", María del Carmen "golpeó fuertemente en la cabeza con un objeto contundente no determinado" a la víctima, "haciéndole caer al suelo, inconsciente o fuertemente conmocionado".
Según el jurado, a continuación, "y con ánimo de acabar con su vida", la investigada "se colocó de rodillas sobre el pecho" del fallecido "y le estranguló con un cable u objeto similar, causando así su muerte por asfixia".
Los miembros del jurado aplicaron a la acusada la atenuante de confesión al considerar probado que, tras llamar a sus hermanos y contarles lo sucedido, se presentó en la Comisaría de Dos Hermanas sobre las 17,30 horas y manifestó "confusa y reiterativamente a los sorprendidos agentes de servicio que había matado a un hombre y que había escondido el cadáver en una heladería".
El jurado dio por probado que esto "determinó la inmediata comparecencia en el lugar de los hechos de agentes de la Policía, que comprobaron que era cierto lo relatado por María del Carmen, que facilitó con ello el descubrimiento del delito y de su propia responsabilidad".