ESPARTINAS (SEVILLA), 19 (EUROPA PRESS)
El Juzgado mixto número 2 de Sanlúcar la Mayor (Sevilla) ha archivado la causa abierta contra el exalcalde de Espartinas y actual concejal de Transparencia y Administración Electrónica, José María Fernández (Cs), tras ser denunciado por el PP de la localidad a cuenta del conocido como 'caso Raphael'.
En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez atiende de este modo la petición realizada por la Fiscalía y archiva el caso al considerar que, de lo actuado, "no aparece debidamente justificada la perpetración" de un delito de prevaricación por parte del exalcalde de Espartinas.
Como se recordará, los hechos vienen motivados por la celebración de un concierto del cantante Raphael en la Plaza de Toros de la localidad espartinera, que finalmente fue suspendido por un problema de salud del artista.
Este concierto estuvo organizado por la sociedad municipal Espartinas Desarrollo Local S.A. (Esdelsa), que en el momento de la celebración del concierto, el 28 de junio de 2015, se encontraba en estado de liquidación.
El exalcalde de Espartinas Domingo Salado (PP) y el que fuera su primer teniente de alcalde, Javier Jiménez, en calidad de liquidadores de Esdelsa, acusaban a Fernández de realizar movimientos en las cuentas de la empresa por valor de casi 2.000 euros sin estar autorizado para ello, además de retirar 246 entradas, valoradas en 42,90 euros cada una, con la finalidad de repartirlas gratuitamente entre los empleados municipales.
NO HAY ILEGALIDAD
En el escrito donde pidió el archivo de la causa, consultado por Europa Press, la Fiscalía no aprecia "dolo directo y ninguna ilegalidad evidente, patente, flagrante y clamorosa, sin observar que haya producido perjuicio o daño material a los intereses públicos".
El Ministerio Público, asimismo, resalta que el contrato del concierto de Raphael "fue celebrado previamente por los propios denunciantes --Domingo Salado y Javier Jiménez-- pese a que la sociedad Esdelsa se encontraba ya en liquidación y la labor de éstos debe ser únicamente liquidar y disolver la sociedad".
Asimismo, y según relata la Fiscalía, el denunciado "carece de poder de disposición sobre las cuentas corrientes de la sociedad y escasamente llevaba 14 días en el cargo", y además aportó un certificado de la empresa organizadora del evento en el que se le autoriza "a disponer a coste cero de todas las entradas que hasta el día 26 de junio de 2015 no se hubieran vendido físicamente en la Hacienda Guardiola, llegando al acuerdo que dichas entradas serán entregadas a trabajadores del Ayuntamiento y compromisos municipales".
En su denuncia, el PP explicaba que la empresa municipal Esdelsa, creada en 2002, acordó su disolución en el Registro Mercantil en un pleno en 2014, nombrando como liquidadores de dicha sociedad al exalcalde popular Domingo Salado y al también popular Javier Jiménez Rodríguez, con "duración indefinida y carácter solidario", por lo que ninguna otra persona podía "realizar movimientos sin autorización de los liquidadores", es decir ambos dirigentes populares.
LA DENUNCIA
Según esta denuncia, el exalcalde de Ciudadanos José María Fernández "reconoce haber realizado movimientos por valor de más de 12.000 euros con cargo a la sociedad, a pesar del conocimiento previo y expreso de que la sociedad estaba en liquidación" y que ninguno de los dos liquidadores había autorizado "ningún movimiento con cargo a la misma", por lo que le atribuyen un presunto delito de prevaricación.
Entre los movimientos aludidos, el PP denunciaba que el entonces alcalde había retirado "246 entradas valoradas en 42,90 euros cada una --más de 10.000 euros en total--, que debían ser vendidas por la sociedad para un concierto del conocido artista Raphael, con la finalidad de repartirlas gratuitamente a los empleados municipales".
Así, los populares acusaban a Fernández de un posible delito de prevaricación por "la compra de un generador por valor de 834,90 euros, el alquiler de unas sillas por valor de 1.030 euros y la retirada de 246 entradas para el concierto de Raphael valoradas en 42,90 euros cada una con la finalidad de repartirlas gratuitamente entre los empleados" a pesar de que "debían ser vendidas por la sociedad, porque habría realizado dichos movimientos careciendo de las "funciones necesarias" al no ser uno de los liquidadores de la sociedad.